En el Portal de Información del Ministerio de Construcción, los ciudadanos preguntan:
Soy trabajador autónomo sin contrato laboral, así que necesito solicitar una confirmación de las condiciones de ingresos para completar el expediente de compra de vivienda social, ¿dónde necesito solicitar y qué documentos necesito traer?".
Sobre este contenido, el Ministerio de Construcción tiene las siguientes opiniones:
En el Artículo 33 del Decreto No. 54/2026/ND-CP de fecha 9 de febrero de 2026 del Gobierno que modifica y complementa algunos artículos de los Decretos en el campo de la vivienda y el negocio inmobiliario (que modifica el apartado 2 del Artículo 30 del Decreto No. 100/2024/ND-CP de fecha 26 de julio de 2024 del Gobierno que detalla algunos artículos de la Ley de Vivienda sobre el desarrollo y la gestión de la vivienda social) se estipula lo siguiente:
“2. En el caso de que el sujeto especificado en el párrafo 5 del Artículo 76 de la Ley de Vivienda no tenga contrato laboral, debe garantizar las condiciones de ingresos según lo estipulado en el párrafo 1 de este Artículo y ser confirmado por la agencia de policía a nivel comunal donde reside o reside temporalmente o donde vive actualmente. Dentro de los 7 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de confirmación, la policía a nivel comunal donde reside o reside temporalmente el ciudadano o donde vive actualmente en el momento en que el ciudadano solicita, es responsable de confirmar la siguiente información: Nombre completo, segundo nombre y nombre; Fecha, mes, año de nacimiento; sexo; número de identificación personal; fecha, mes, año de expedición de la tarjeta de identificación/identidad ciudadana; lugar de residencia permanente/residencia temporal/ubicación actual.
Los ciudadanos son responsables de declarar y comprometerse a proporcionar información sobre el ingreso mensual promedio. La policía a nivel comunal se coordina con las agencias pertinentes para verificar y post-inspeccionar la información sobre el ingreso mensual promedio de los ciudadanos en los casos necesarios.
La solicitud de confirmación de las condiciones de ingresos estipuladas en este apartado es también un documento que prueba el objeto que tiene derecho a la política de apoyo a la vivienda social".
El 15 de febrero de 2026, el Ministro de Construcción emitió la Circular No. 08/2026/TT-BXD que modifica y complementa algunos artículos de las Circulares en el campo de la vivienda, en la que en el Formulario 05 en el Anexo adjunto a la Circular se proporcionan orientación sobre Documentos que prueben los sujetos e ingresos para poder comprar, alquilar y comprar viviendas sociales (aplicables a los sujetos especificados en el párrafo 5 del Artículo 76 de la Ley de Vivienda que no tienen contrato laboral, no reciben una pensión pagada por la agencia de Seguro Social) por la agencia de Policía a nivel comunal donde se residen permanentemente o temporalmente o donde viven actualmente para llevar a cabo la confirmación.
Lo anterior es la opinión del Ministerio de Construcción, solicitando a los ciudadanos que investiguen e implementen de acuerdo con las regulaciones.