En el Portal de Información del Ministerio de Construcción, el lector N.Q. H pregunta:
Mi esposo y yo vivimos actualmente juntos y mis suegros nos regalaron un terreno en el área donde vivimos y tenemos un proyecto para abrir la venta de viviendas sociales. No hay casa en el terreno y no hay información sobre la vivienda en el libro. Según el Decreto No. 54/2026/ND-CP de fecha 9 de febrero de 2026, se estipula que en el caso de no tener vivienda se determina que no hay nombre o no hay información sobre la vivienda en el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra.
Entonces, ¿puedo registrarme para comprar viviendas sociales? Y como ahora, las oficinas de registro de tierras solo confirman si hay o no un nombre en el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, pero no confirman si hay o no información sobre la vivienda en el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra?
Respondiendo a este contenido, el Departamento de Gestión de Vivienda y Mercado Inmobiliario (Ministerio de Construcción) tiene la siguiente opinión:
Para poder comprar vivienda social, debe ser elegible para la política de apoyo a la vivienda social y cumplir con las condiciones (en cuanto a vivienda e ingresos) de acuerdo con las disposiciones de la ley de vivienda, sin estipular condiciones para la tierra residencial.
Los artículos 76 y 78 de la Ley de Vivienda de 2023 estipulan los sujetos y condiciones para disfrutar de las políticas de apoyo a la vivienda social.
En el Artículo 32 del Decreto No. 54/2026/ND-CP de fecha 9 de febrero de 2026 del Gobierno que modifica y complementa algunos artículos de los Decretos en el campo de la vivienda y el negocio inmobiliario (que ha modificado y complementado el párrafo 1 del Artículo 29 del Decreto No. 100/2024/ND-CP de fecha 26 de julio de 2024 del Gobierno) de la siguiente manera:
“1. Los casos en que no hay vivienda propia se determinan cuando el sujeto especificado en el apartado 1 del artículo 77 de la Ley de Vivienda y el cónyuge de ese sujeto (si lo hay) se determinan como que no tienen nombre o no tienen contenido de información sobre la vivienda en el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra en la provincia o ciudad directamente dependiente del gobierno central donde se encuentra el proyecto de vivienda social.
Dentro de los 7 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de confirmación de las condiciones de vivienda, la agencia competente para emitir el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra de acuerdo con las disposiciones de la ley de tierras en la provincia o ciudad directamente dependiente del gobierno central donde se encuentra el proyecto de vivienda social confirmado de acuerdo con las disposiciones de este párrafo".
Por lo tanto, el caso de no tener vivienda propia se determina cuando se determina que el sujeto y su cónyuge (si la hay) no tienen nombre o no tienen contenido de información sobre la vivienda en el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra en la provincia o ciudad directamente dependiente del gobierno central donde se encuentra el proyecto de vivienda social.
Se solicita a los ciudadanos que investiguen e implementen de acuerdo con las regulaciones.