En el Portal de Información del Gobierno, la Sra. N.T. H preguntó: En 2003, el hogar del Sr. A, incluido el Sr. A y su esposa, recibió el derecho a usar la parcela 267 del mapa catastral de 1995 con una superficie de 416,4 m2. En 2003, el Sr. A construyó una casa e invadió la parcela 268, que es tierra de la estación de salud con una superficie de 121,6 m2.
En 2008, el Sr. A falleció, sin dejar testamento. El Sr. A tiene 3 hijos. El 27 de octubre de 2014, el hijo mayor del Sr. A fue registrado para cambios en los derechos de uso de la tierra y se le asignó el derecho de uso de la parcela 267 según el mapa catastral de 1995. Y el hijo mayor del Sr. A todavía utiliza el estado original.
En el caso de que el hijo del Sr. A no esté registrado en el hogar de la familia del Sr. y la Sra. A y no se registre como residente temporal en la parcela de tierra 267, ¿cuándo se determinó el acto de ocupación de tierra pública por parte del hijo del Sr. A? ¿Qué pasa si algunas personas que viven allí desde hace mucho tiempo confirman que el hijo del Sr. A vive allí?
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente responde a esta pregunta de la siguiente manera:
El apartado 31 del artículo 3 de la Ley de Tierras estipula:
31. Invasión de tierras es el uso de la tierra por parte del usuario de la tierra para trasladar los límites o límites de la parcela de tierra para ampliar la superficie de tierra utilizada sin el permiso de la agencia estatal competente o sin el permiso del usuario legal de la superficie de tierra invadida".
De acuerdo con las regulaciones del Artículo 3 del Decreto No. 123/2024/ND-CP de fecha 4 de octubre de 2024 del Gobierno que regula las sanciones por infracciones administrativas en el campo de la tierra, el acto de invasión de tierras es un acto en curso.
En el punto a, apartado 5, artículo 5 del Decreto No. 123/2024/ND-CP se estipula:
5. La sanción administrativa y la aplicación de medidas para remediar las consecuencias en caso de transacciones sobre transferencia de derechos de uso de la tierra, arrendamiento, subarrendado, contribución de capital con derechos de uso de la tierra se llevan a cabo de la siguiente manera:
a) En caso de que una infracción administrativa ocurra antes de la transferencia de los derechos de uso de la tierra, la parte que transfiere los derechos de uso de la tierra será sancionada administrativamente y deberá tomar medidas para remediar las consecuencias de la infracción causada por ella de acuerdo con las regulaciones. En caso de que la parte que transfiere la tierra sea una organización que se haya disuelto, haya quebrado, una persona física que haya fallecido sin heredero o haya sido trasladada a otro lugar y haya sido certificada por el Comité Popular a nivel comunal donde se encuentra la tierra en el momento de la detección de la infracción no pueda determinar la dirección y no esté sujeta a la recuperación de tierras por parte del Estado, la parte que recibe la transferencia no será sancionada administrativamente, pero deberá tomar medidas para remediar las consecuencias causadas por la parte que transfiere la tierra.
La parte que recibe la transferencia de derechos será sancionada administrativamente y tomará medidas para remediar las consecuencias de las violaciones causadas por ella (si las hubiera);".
Por lo tanto, a partir del 27 de octubre de 2014, cuando el hijo mayor completó los trámites de registro de cambios y gestionó y utilizó directamente el estado actual de la parcela de tierra (incluida la parte de tierra invadida), fue quien cometió el acto de invasión de tierras.
En cuanto a las infracciones administrativas, la forma, el nivel de sanción y las medidas para remediar las consecuencias del acto de invasión de tierras se estipulan en el Artículo 13 del Decreto No. 123/2024/ND-CP.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente solicita a la Sra. que estudie las regulaciones anteriores y se ponga en contacto con el Comité Popular a nivel comunal donde se encuentra la tierra, gestiona los expedientes y el origen, el proceso de uso de la tierra para ser considerado, guiado específicamente e implementado de acuerdo con las regulaciones.