El articulo 3 de la Circular 48/2011/TT-BGDDT regula el horario de trabajo y las vacaciones anuales de los maestros de preescolar de la siguiente manera:
Horario de trabajo y vacaciones anuales de los profesores
1. El tiempo de trabajo en un año de un maestro de preescolar es de 42 semanas de las cuales:
a) 35 semanas trabajando en la crianza el cuidado y la educacion de los niños (a continuacion llamados en general crianza);
b) 4 semanas dedicadas al estudio la formacion profesional y profesional;
c) 2 semanas para prepararse para el nuevo año escolar;
d) 1 semana dedicada a resumir el año escolar.
2. El horario de vacaciones anuales de los maestros de preescolar incluye: vacaciones de verano y otros dias festivos especificos de la siguiente manera:
a) El periodo de vacaciones de verano de los profesores es de 8 semanas y se disfruta del salario completo y los subsidios y subsidios (si los hay);
b) Otros dias festivos se llevan a cabo de acuerdo con las disposiciones del Codigo Laboral y las regulaciones vigentes.
Basandose en el plan de año escolar la escala las caracteristicas y las condiciones especificas de cada escuela el Director organiza el tiempo de vacaciones anuales para los profesores de manera razonable de acuerdo con las regulaciones.
En consecuencia el tiempo de trabajo en un año de los maestros de preescolar es de 42 semanas de las cuales:
- 35 semanas trabajando en la crianza el cuidado y la educacion de niños.
- 4 semanas dedicadas al estudio la formacion profesional y profesional.
- 2 semanas para prepararse para el nuevo año escolar.
- 1 semana dedicada a resumir el año escolar.