La Ley de Empleo (modificada y complementada) entro en vigor oficialmente el 1 de enero de 2026, en la que la politica sobre las prestaciones por desempleo de los trabajadores tiene muchos ajustes importantes, algunas regulaciones afectan directamente a los trabajadores, que son los beneficiarios.
En particular, la Ley de Empleo estipula que los trabajadores que rescindan sus contratos cuando cumplen las condiciones para recibir una pension de jubilacion no podran realizar los tramites para recibir la prestacion por desempleo, ya sea que hayan realizado o no los tramites para recibir la pension de jubilacion.
Especificamente, el Articulo 38 de la Ley de Empleo de 2025 estipula las Condiciones para disfrutar, segun las cuales los trabajadores estipulados en el Parrafo 1 del Articulo 31 de esta Ley que estan cotizando al seguro de desempleo reciben subsidios por desempleo cuando cumplen las siguientes condiciones: Resiliacion del contrato laboral, contrato de trabajo o terminacion del trabajo de acuerdo con las disposiciones de la ley que no se encuentren en uno de los casos en que el trabajador rescinda unilateralmente el contrato laboral ilegalmente de acuerdo con las disposiciones del Codigo Laboral o el trabajador deje el trabajo cuando cumpla las condiciones para recibir una pension de jubilacion.
Se puede ver que esta es una regulacion completamente nueva en comparacion con las regulaciones de la Ley de Empleo de 2013. Anteriormente, al renunciar o rescindir un contrato laboral, aunque se cumplian las condiciones (se cumplio el periodo de cotizacion al seguro social, se cumplio la edad segun las regulaciones) para realizar los tramites para recibir el regimen de pension de jubilacion, muchos trabajadores todavia eligen o reciben el regimen de subsidio de desempleo primero, despues de que ha terminado el periodo de disfrute del subsidio de desempleo (se regula el disfrute del desempleo de un maximo de 12 meses dependiendo del periodo de cotizacion) para comenzar a trabajar en el regimen de pension de jubilacion. Incluso hay muchos trabajadores que solicitan renunciar o rescindir el contrato laboral un año o dos o tres meses antes para realizar los tramites para recibir el subsidio de desempleo.
Con antigüedad y tiempo a cargo de los regimenes y politicas en una empresa durante mas de 20 años, me doy cuenta de la razon por la que los trabajadores que antes renunciaban, aunque ya cumplian con los requisitos para realizar los tramites de pension en lugar de elegir la politica de recibir subsidios mensuales por desempleo, porque creen que despues de tantos años de participar y contribuir al fondo de desempleo pero no recibir subsidios, es demasiado derrochador y desventajoso. Ademas, no pocos trabajadores eligen realizar los tramites para recibir subsidios mensuales por desempleo primero porque el nivel de subsidio de desempleo durante 12 meses, si han pagado el tiempo completo segun las regulaciones, tambien sera mas alto que el subsidio mensual de pension si se hace un calculo comparativo.
Se piensa que, para evitar la situacion anterior, en primer lugar, las regulaciones de la ley, especialmente las regulaciones sobre los regimenes y politicas relacionados con los beneficiarios que son los trabajadores y los contribuyentes al seguro social, deben ser transparentes y justas en la politica de disfrute.
En principio, "cuando hay contribuciones, hay beneficios". Los trabajadores que han contribuido al fondo de seguro social y al seguro de desempleo durante decadas, cuando renuncian, tambien deben disfrutar de sus "logros" durante todo un proceso de participacion. Es decir, es necesario tener regulaciones para pagar una cantidad de dinero correspondiente al tiempo de contribucion al fondo de seguro de desempleo para garantizar la equidad en el proceso de disfrute de los regimenes y politicas.
Ademas, es necesario seguir cambiando la politica de pensiones, la politica de jubilacion para disfrutar del regimen de pension como en la actualidad, cambiar la forma de calcular las pensiones para que se ajuste al proceso de participacion de los trabajadores. En otras palabras, el nivel de disfrute del regimen de pensiones debe ser mas alto que otras politicas, especialmente la politica de subsidios de seguro de desempleo.
Para que, a partir de ahi, los trabajadores, una vez que cumplan con las condiciones de edad, edad profesional y tiempo de cotizacion al seguro social, se alegraran de realizar los tramites de jubilacion sin tener que preocuparse, elegir que disfrutar primero y que despues o, al menos, aprovechar las lagunas de las regulaciones legales para disfrutar de regimenes y politicas.