Segun el articulo 122 del Codigo Laboral 2019 estipula:
Principios, orden y procedimientos para la disciplina laboral
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4. No discipline a los trabajadores para los trabajadores que estan en el momento siguiente:
a) enfermedad y enfermeria; renunciar al consentimiento del empleador;
b) ser detenido y detenido;
c) esperar los resultados de la autoridad competente para verificar y concluir por las violaciones especificadas en las clausulas 1 y 2, Articulo 125 de este Codigo;
d) trabajadoras embarazadas; Los trabajadores dejan la maternidad y crian niños menores de 12 meses.
5. No discipline el trabajo de los trabajadores que violan la disciplina laboral mientras sufren enfermedades mentales u otra enfermedad que pierde la capacidad de percibir o controlar su comportamiento.
6. El gobierno estipula la orden y los procedimientos para la disciplina laboral.
En consecuencia, si las trabajadoras estan embarazadas, el empleador no sera disciplinado.