La autoridad para evaluar y clasificar la calidad de los funcionarios publicos y empleados publicos se regula en el Articulo 16 del Decreto 90/2020/ND-CP de la siguiente manera:
- Para los funcionarios
La autoridad competente para gestionar a los funcionarios lleva a cabo la evaluacion y clasificacion de la calidad de los funcionarios de acuerdo con la asignacion de la gestion de los funcionarios.
- Para los funcionarios publicos
+ La evaluacion y clasificacion de la calidad de los jefes de organismos organizaciones y unidades esta gestionada directamente por los jefes de organismos superiores;
+ La evaluacion y clasificacion de la calidad de los subdirectores del jefe y los funcionarios publicos bajo su gestion es realizada por el jefe de la agencia que emplea a los funcionarios publicos.
- Para los funcionarios
La autoridad y la responsabilidad de evaluar y clasificar la calidad de los funcionarios publicos se llevan a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Clausulas 1 2 y 3 del Articulo 43 de la Ley de Funcionarios de 2010.
El parrafo 1 parrafos 2 y 3 parrafo 3 del articulo 43 de la Ley de Funcionarios de 2010 estipula lo siguiente:
1. El jefe de la unidad de servicio publico es responsable de organizar la evaluacion de los funcionarios bajo su autoridad de gestion.
2. Dependiendo de las condiciones especificas el jefe de la unidad de servicio publico que realiza la evaluacion o la asignacion y asignacion de la evaluacion de los funcionarios publicos pertenecientes a la autoridad de gestion. El titular de la autoridad de evaluacion de los funcionarios publicos debe ser responsable ante el jefe de la unidad de servicio publico de los resultados de la evaluacion.
3. La persona competente para nombrar es responsable de evaluar a los funcionarios de gestion en las unidades de servicio publico.