De acuerdo con las regulaciones del Articulo 8 del Decreto 283/2025/ND-CP (adicion al Articulo 18a del Decreto 120/2020/ND-CP) la autoridad para decidir la transferencia de unidades de servicio publico a partir del 1 de noviembre de 2025 es la siguiente:
El Primer Ministro decide la transferencia de unidades de servicio publico entre ministerios ramas centrales y agencias dependientes del Gobierno (excepto las unidades de servicio publico pertenecientes a la estructura organizativa del ministerio ramas centrales y agencias dependientes del Gobierno); entre ministerios ramas centrales y agencias dependientes del Gobierno con el Comite Popular Provincial y entre los Comites Populares Provinciales.
El Ministro el Primer Ministro de los ministerios subordinados y los Primeros Ministros de los organismos dependientes del Gobierno deciden la transferencia de unidades de servicio publico entre organizaciones y unidades pertenecientes a los ministerios superiores y los organismos dependientes del Gobierno.
El Comite Popular Provincial decide la transferencia de unidades de servicio publico entre agencias profesionales y otras organizaciones administrativas pertenecientes al Comite Popular Provincial; entre agencias profesionales y otras organizaciones administrativas pertenecientes al Comite Popular Provincial con el Comite Popular de la comuna y entre los Comites Populares de la comuna.