El Sr. Nguyen Huu Tien se graduo en pedagogia en 2013 y enseño contratos continuos desde diciembre de 2013 hasta marzo de 2017.
En abril de 2017 fue contratado como funcionario publico con el titulo de Profesor de primaria de grado IV codigo V.07.03.09. En noviembre de 2023 el Sr. Tien fue nombrado y clasificado como Profesor de primaria de grado III codigo V.07.05.29 y participa continuamente en el seguro social desde diciembre de 2013 hasta ahora.
El 1 de abril de 2022 se le emitio una decision de disfrutar de un subsidio de antigüedad del 5%. El Sr. Tien pregunto si se le calculaba el subsidio de antigüedad docente de acuerdo con el Decreto No. 77/2021/ND-CP. ¿Es correcto segun el Decreto No. 77/2021/ND-CP el tiempo en que no fue contratado y participo en el seguro para calcular el antigüedad?

El Ministerio de Educacion y Formacion responde a este problema de la siguiente manera:
El regimen de subsidio por antigüedad docente se implementa de acuerdo con las regulaciones del Decreto No. 77/2021/ND-CP de 1.8.2021 del Gobierno.
En consecuencia el periodo para calcular el subsidio de antigüedad del profesor incluye el tiempo de enseñanza y educacion con pago de seguro social obligatorio en instituciones educativas publicas (o instituciones no publicas si los trabajadores son sujetos a participar en el seguro social obligatorio de acuerdo con las disposiciones de la ley laboral y educativa).
El Sr. Tuyen fue contratado como funcionario publico en el sector educativo en abril de 2017. Antes de este momento habia tenido un tiempo de enseñanza contratado en la escuela y participo en el pago del seguro social obligatorio desde diciembre de 2013 hasta marzo de 2017. Este tiempo de enseñanza y educacion con el pago del seguro social obligatorio se suma para considerar el disfrute de la prestacion de antigüedad docente de acuerdo con las regulaciones.
Cuando se aprueba el titulo profesional de profesor sin contar el tiempo de estudio si el tiempo total de enseñanza y educacion (continua o acumulada) es de 5 años (60 meses) completos se calcula el subsidio de antigüedad en el 5% del salario actual. A partir del sexto año se calcula un 1% adicional cada año.