El Ministerio de Educacion y Formacion (GDDT) acaba de enviar un documento a varios departamentos de GDDT para obtener opiniones sobre el borrador de la Circular que modifica y complementa la Circular No. 29/2024/TT-BGDDT de fecha 30 de diciembre de 2024 del Ministro de GDDT ( Circular 29) que regula la enseñanza adicional y el aprendizaje adicional antes de publicar solicitar la opinion publica de las agencias organizaciones e individuos relacionados en el Portal de Informacion Electronica del Ministerio de GDDT.
El Ministerio dijo que los contenidos enmendados y añadidos de la Circular tienen como objetivo garantizar el cumplimiento de los requisitos practicos en la gestion de la enseñanza adicional y el aprendizaje adicional consistentes con las disposiciones de la Ley de Educacion enmendada y complementada; la Ley de Organizacion del Estado; la Ley de Profesores y otras leyes relacionadas.
Mas flexibilidad en la duracion de la enseñanza adicional en las escuelas
Segun la Circular No. 29 hay tres sujetos a los que se les permite dar clases particulares en la escuela no se les cobra el dinero de la matricula de los estudiantes y solo se reserva para los sujetos de estudiantes que se registren para clases particulares en cada materia incluyendo: estudiantes con resultados academicos de las asignaturas finales del semestre inmediatamente anterior en un nivel no alcanzado; estudiantes elegidos por la escuela para formar estudiantes excelentes; estudiantes de ultimo grado que se registren voluntariamente para prepararse para los examenes de admision y examen de graduacion de acuerdo con el plan educativo de la

En cuanto a la duracion de la enseñanza adicional en las escuelas la Circular 29 estipula que cada asignatura puede organizar la enseñanza adicional no mas de 2 horas/semana (punto c parrafo 4 Articulo 5).
En el proceso de implementacion de la Circular 29 en respuesta a las opiniones y propuestas de muchos votantes organizaciones e individuos el Ministerio de Educacion y Formacion planea ajustar y enmendar las regulaciones estipuladas en el punto c parrafo 4 Articulo 5 de la Circular 29 en la direccion de: Permitir una mayor flexibilidad en la duracion de la enseñanza adicional en las escuelas a traves de la delegacion de poder al Director del Departamento de Educacion y Formacion para que decida sobre los casos solicitados por el Director de la escuela.
Especificamente segun el borrador de la Circular enmendada y complementada el Director de la escuela se basa en las condiciones practicas de la escuela (en terminos de instalaciones equipos docentes tiempo de organizacion de la enseñanza de la sesion 2 de acuerdo con el plan de educacion de la escuela y el presupuesto asignado...) para considerar la necesidad la adecuacion y la adecuacion de la duracion de la enseñanza adicional y el aprendizaje adicional para algunos grupos de estudiantes de la escuela para proponer al Director del Departamento de Educacion y Formacion que considere y decida en beneficio de los estudiantes.
Esta enmienda y complementacion aun garantiza los principios centrales de la Circular No. 29 sobre la gestion de la enseñanza de horas extraescolares en las escuelas que son no cobrar dinero a los estudiantes ni aumentar la presion de aprendizaje ni restringir los derechos de aprendizaje de los estudiantes; fortalecer y mejorar la calidad de las horas extraescolares regulares reservando tiempo y espacio para que los estudiantes experimenten practiquen y practiquen a traves de actividades educativas segun las necesidades personales para un desarrollo integral.
Regulaciones mas estrictas sobre el informe de los profesores que participan en la enseñanza extraescolar fuera de la escuela
El borrador de la Circular enmendada y complementada tambien ajusta los requisitos para el registro de negocios para organizaciones o particulares que organizan actividades de clases particulares fuera de las escuelas que cobran dinero a los estudiantes con el fin de cumplir con las regulaciones de la nueva Ley de Empresas al diversificar los tipos de empresas.
El borrador de la Circular complementa las regulaciones sobre la actualizacion regular en el portal de informacion electronica o la cotizacion en el lugar donde se encuentra el establecimiento de enseñanza extraescolar al hacer publica la informacion sobre la organizacion de actividades de enseñanza extraescolar fuera de la escuela para aumentar la eficiencia y la supervision oportuna de la sociedad.
El borrador de la Circular tambien regula mas estrictamente los informes de los profesores que enseñan en las escuelas cuando participan en la enseñanza extraescolar fuera de la escuela. En consecuencia los profesores deben informar antes de comenzar y actualizar los informes cuando haya cambios en uno de los contenidos del informe. Esta regulacion tiene como objetivo fortalecer la responsabilidad de gestion del Director.
Hacia la eliminacion de la 'enfermedad del logro' en la educacion
El borrador de la Circular modifica y complementa la responsabilidad del Comite Popular de la comuna (reubicacion de la responsabilidad del Comite Popular de la comuna anterior al Comite Popular de la comuna) y a nivel provincial para que se ajuste a la Ley de Organizacion del Gobierno Local No. 72/2025/QH15 de 16 de junio de 2025.
La enmienda y adicion de la Circular continua afirmando el espiritu de servicio al interes de los estudiantes en consonancia con la Ley de Maestros No. 73/2025/QH15 cuando se prohibe estrictamente a los maestros 'Abligar a los estudiantes a participar en clases particulares de cualquier forma' preservando la imagen y la dignidad de los maestros de acuerdo con las regulaciones de la Ley de Educacion de 2019 sobre las conductas prohibidas en las instituciones educativas.
La enmienda y complementacion de la Circular No. 29 tambien contribuye a garantizar los intereses legitimos y justos entre los profesores que enseñan diferentes asignaturas en las escuelas; ayudando a los estudiantes a eliminar la tendencia a valorar algunas asignaturas con el objetivo de eliminar la enfermedad de los logros en la educacion.