En el Capitulo IV de la ley sobre los maestros, el articulo 14 especifica el reclutamiento de maestros de la siguiente manera:
1. Contenido y metodos de reclutamiento
a) contenido de reclutamiento basado en los estandares profesionales de los maestros;
b) Metodos de reclutamiento a traves de la admision o examen, incluida la practica pedagogica.
2. Competencia de reclutamiento
a) Para las instituciones publicas de capacitacion vocacional, las instituciones de educacion superior publica, el reclutamiento de maestros es implementado por el jefe de la institucion educativa;
b) Para las instituciones educativas no publicas, el reclutamiento de maestros es implementado por el jefe de la institucion educativa de acuerdo con la regulacion sobre organizacion y operacion de la institucion educativa;
c) Para las escuelas de las Fuerzas Armadas del Pueblo, el Ministro de Defensa y el Ministro de Seguridad Publica prescriben la competencia del reclutamiento de maestros;
d) Para las instituciones educativas no bajo las disposiciones de los puntos A, B y C de esta clausula, la autoridad para reclutar a los maestros de acuerdo con el Ministro de Educacion y Capacitacion.
3. Los sujetos tienen prioridad al reclutar maestros
a) La persona que ha estado a cargo de enseñar y educar en el puesto de trabajo es adecuada para que el puesto de trabajo sea reclutado;
b) Para la educacion vocacional, se otorga prioridad a personas altamente calificadas y experimentadas en practicas de produccion, negocios y servicio adecuadas para la industria docente;
c) En caso de prioridad, la ley prescribe otras prioridades de reclutamiento.
4. personas que no estan registradas
a) personas que pierden la capacidad del acto civil, limitan la capacidad del acto civil o las personas con dificultades en la conciencia y el control del comportamiento;
b) la persona que esta siendo examinada por responsabilidad penal; servir juicios y decisiones penales del tribunal; que se aplican medidas para tomar a los establecimientos de desintoxicacion obligatorios, colocados en instituciones educativas obligatorias;
c) La persona que ha tenido antecedentes penales de delitos de infringir la seguridad nacional, los delitos de infringir la vida, la salud, la dignidad y el honor de las personas de acuerdo con el Codigo Penal.
5. Un contrato para maestros, incluidos los contratos de trabajo, cumplen con las disposiciones de la ley sobre funcionarios y contratos laborales que cumplen con las disposiciones de la ley laboral.
6. El gobierno detalla las clausulas 1, Puntos A y B, Clausula 2, Clausula 3, Clausula 4 de este articulo; La definicion de condiciones, orden y procedimientos para reclutar maestros son extranjeros.