Pregunta del lector
Los lectores envian preguntas al Ministerio de Finanzas sobre el pago del regimen de tarifas y horas extras a los funcionarios que son enviados a participar en el Grupo Intersectorial de Inspeccion y Control de la Explotacion de Productos Maritimos Ilicitos (IUU).
Especificamente segun la Circular 12/2025/TT-BTC de fecha 19 de marzo de 2025 enmendada y complementada en algunos articulos de la Circular 40/2017/TT-BTC las regulaciones en el apartado 7 y el apartado 3 sobre el pago de salarios por horas extras en los dias de viaje de trabajo han sido abolidas. Por lo tanto los lectores plantean la cuestion: para los funcionarios de departamento asignados para ir de viaje de trabajo los sabados y domingos en el Grupo Intersectorial si no se paga la tarifa de trabajo y
Respuesta del Ministerio de Finanzas
El Ministerio de Finanzas dijo que la Circular 40/2017/TT-BTC y la Circular 12/2025/TT-BTC solo regulan el regimen de tarifas de trabajo y el regimen de gastos de conferencias de agencias estatales unidades de servicio publico organizaciones politicas organizaciones sociales y organizaciones que utilizan fondos del presupuesto estatal para apoyar. Estos documentos no guian el pago del regimen de horas extras.
Con respecto al contenido del pago de horas extras la legislacion vigente ya tiene regulaciones en el Codigo Laboral y el Decreto No. 145/2020/ND-CP de fecha 14 de diciembre de 2020 del Gobierno sobre condiciones laborales y relaciones laborales.
Por lo tanto en el caso de que los funcionarios sean asignados para trabajar fuera de las horas de oficina (sabado y domingo) la unidad debe basarse en las disposiciones del Codigo Laboral el Decreto 145/2020/ND-CP y los documentos legales relacionados para decidir el pago del regimen de horas extras garantizando el cumplimiento de las regulaciones y la adecuacion a la realidad.