De acuerdo con el apartado 1 del artículo 11 del Decreto 254/2026/ND-CP, las pequeñas y medianas empresas, las cooperativas, las uniones de cooperativas, los hogares empresariales y los particulares que realicen negocios en áreas con condiciones socioeconómicas difíciles, áreas con condiciones socioeconómicas especialmente difíciles que se encuentren en el caso de uso de facturas electrónicas están exentos de tarifas de servicio durante 12 meses a partir del momento del uso de facturas electrónicas.
Las áreas con condiciones socioeconómicas difíciles y las áreas con condiciones socioeconómicas particularmente difíciles se determinan de acuerdo con la Lista de áreas de inversión preferencial de acuerdo con las regulaciones de la ley sobre inversión.
Según las regulaciones, el Departamento de Impuestos implementa o delega a la organización que proporciona servicios de facturas electrónicas para que proporcione facturas electrónicas gratuitas para los sujetos mencionados anteriormente.
El apartado 2 del artículo 11 también estipula que la agencia tributaria o la agencia encargada de organizar y gestionar los bienes públicos de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre gestión y uso de bienes públicos establece facturas electrónicas a través del Sistema de Información de Gestión Tributaria o la organización que proporciona servicios de facturas electrónicas autorizada por el Departamento de Impuestos para proporcionar servicios de facturas electrónicas gratuitos.
Para las organizaciones económicas, los hogares empresariales y los individuos empresariales que no están sujetos a los casos estipulados en el apartado 1 del artículo 11, al utilizar facturas electrónicas a través de organizaciones que prestan servicios de facturas electrónicas, se realiza el pago del servicio de acuerdo con el contrato firmado entre las partes.
Además, las pequeñas y medianas empresas, las cooperativas, las uniones de cooperativas, los hogares empresariales y los individuos empresariales especificados en el párrafo 1 del Artículo 11 pueden registrarse y cambiar la información de registro para el uso de facturas electrónicas a través del Sistema de Información de Gestión Tributaria de acuerdo con las regulaciones del Ministro de Finanzas.