El Ministerio de Finanzas emitio la decision 1913/QD-BTC en 2025 anunciando procedimientos administrativos en el campo de la gestion de impuestos y aduanas, incluida la orientacion sobre procedimientos para manejar las facturas electronicas que se han establecido erroneamente.
En consecuencia, el orden de llevar a cabo los procedimientos para procesar las facturas electronicas se ha establecido erroneamente:
- Orden de implementacion:
Paso 1: En caso de que se haya enviado una factura electronica a la autoridad fiscal incorrecta (incluidas las facturas electronicas que se han emitido con codigos CQT; las facturas electronicas sin codigos CQT han enviado datos a CQT), el procesamiento es el siguiente:
+ Si hay un error en el nombre y la direccion del comprador, pero no el codigo tributario incorrecto, otros contenidos no estan mal, el vendedor notifica al comprador sobre la factura que se ha establecido erroneamente y no tiene que repetir la factura. El Vendedor notificara a las autoridades fiscales sobre las facturas electronicas que se hacen mal de acuerdo con el Formulario No. 04/SS-HDdT Apendice IA emitido junto con el Decreto del Gobierno 70/2025/ND-CP del 20 de marzo de 2025.
Paso 2:
+ En caso de errores en el nombre y direccion del comprador, pero no hay codigo tributario, otros contenidos no son errores: el sistema de informacion para manejar los procedimientos administrativos de la industria fiscal recibe automaticamente el aviso de la recepcion del Formulario 04/SS-HDdT de acuerdo con el Sistema de la Informacion de la Informacion del Formulario N. 01/TB-SSS.
Paso 3: Las autoridades fiscales reciben datos electronicos.
- Como hacerlo: por metodo electronico a traves del sistema de informacion para manejar los procedimientos administrativos de la industria fiscal o a traves de la organizacion que proporciona servicios de facturas electronicas.
- ingredientes, numero de registros:
+ Composicion de registros, incluyendo:
++ Formulario No. 04/SS-HDdT anuncio la factura electronica incorrecta;
+ Numero de documentos: 01 (SET).
- Fecha limite de liquidacion:
+ Dentro de 01 del dia habil;