El 6.6.2025, el gobernador del Banco Estatal emitio la Circular No. 07/2025/TT-NHNN, enmendar y complementar la Circular 39/2024/TT-NHNN en control especial para instituciones de credito. Un punto notable en esta circular es la nueva regulacion sobre el manejo del capital charter para bancos comerciales sujetos a un control especial.
En consecuencia, en el caso de un banco de transferencia obligatorio de conformidad con la clausula 4, el articulo 179 o la clausula 4, el articulo 180 de la ley sobre las instituciones de credito, si hay una perdida acumulada que excede el 100% de los fondos de capital y reserva de la carta, el banco estatal puede emitir una decision de registrar todo el capital de la carta de ese banco.
La hoja de ruta es de tiempo claro y especificos de tiempo
La circular especifica el siguiente orden de procesamiento:
En primer lugar, dentro de los 10 dias a partir de la fecha del plan de transferencia obligatoria aprobado, el banco comercial especialmente controlado debe determinar los resultados comerciales consolidados para el periodo contable calculado desde el momento de los estados financieros auditados mas cercanos hasta el ultimo dia del mes adyacente antes de la aprobacion de la transferencia. Este resultado debe enviarse a una placa de control especial como base para el manejo.
En segundo lugar, dentro de los 20 dias a partir del tiempo mencionado anteriormente, la Junta de Supervision es particularmente responsable de completar la identificacion e informes de los resultados comerciales consolidados del banco enviados al Banco Estatal (a traves del Departamento de Gestion y Supervision de las Instituciones de Credito). En caso de que el banco no haga un informe segun sea necesario, la junta de supervision aun debe realizar esta tarea.
Eliminar el capital charter si la perdida es demasiado profunda
Si despues de la revision, el banco ha acumulado perdidas que exceden el valor total del capital charter y los fondos de reserva (registrados en los estados financieros auditados mas cercanos), la Junta de Supervision puede proponer que el banco estatal decida reducir todo el capital charter para manejar esta perdida. Esta es la base para ajustar el capital charter en la decision de transferencia obligatoria.
Segun las disposiciones de las clausulas 2 y 3, el articulo 183 de la ley sobre instituciones de credito, el nivel de capital de la carta despues de la reduccion reemplazara el nivel de capital establecido en la licencia de establecimiento y la operacion del banco comercial especialmente controlado.
Circular surta efecto a partir de la fecha de emision
La circular 07/2025/TT-NHNN entra en vigencia oficialmente desde 6.6.2025, agregando fuertes herramientas legales al banco estatal en el proceso de reestructuracion del sistema de instituciones de credito, especialmente los bancos comerciales con capacidad financiera debil, perdidas prolongadas.