La abogada Cong Thuy Duong, de la firma de abogados YouMe, responde:
El artículo 21 del Decreto No. 271/2026/ND-CP que regula la exención de tasas de libros de texto de educación general y la exención de tasas de matrícula, libros de texto de las asignaturas de educación para la defensa nacional y la seguridad en las instituciones de educación superior y educación vocacional (vigente a partir del 3 de julio de 2026) regula los sujetos y las políticas de exención de tasas de matrícula para las asignaturas de educación para la defensa nacional y la seguridad de la siguiente manera:
1. Los estudiantes que estudian en instituciones de formación están exentos de tasas de matrícula para la primera sesión de estudio de la asignatura de educación para la defensa nacional y la seguridad de acuerdo con el programa de formación obligatoria prescrito por la autoridad competente.
2. Casos de repaso
a) No aplicar la política de exención de tasas de matrícula a los estudiantes que repasan las asignaturas de educación para la defensa nacional y la seguridad debido a que no aprueban el examen, faltan a clases más allá del tiempo prescrito o por otras razones subjetivas de acuerdo con las regulaciones de formación.
b) En el caso de que un estudiante tenga que suspender o repetir la asignatura de educación para la defensa nacional y la seguridad debido a enfermedad, accidente o fuerza mayor que no se deba a una sanción disciplinaria o a una expulsión voluntaria y sea confirmado por la institución de formación, se considerará la posibilidad de seguir disfrutando de la política de exención de tasas de matrícula para la siguiente asignatura de acuerdo con las regulaciones de la institución de formación.
3. El Estado garantiza fondos del presupuesto estatal para implementar la política de exención de tasas de matrícula para las asignaturas de educación para la defensa nacional y la seguridad para las instituciones de formación de acuerdo con las regulaciones de este Decreto.
El apartado 2 del artículo 22 del Decreto No. 271/2026/ND-CP estipula la siguiente hoja de ruta de implementación:
A partir del año escolar 2027 - 2028: Implementar la asignación de fondos para que las instituciones de formación eximan de las tasas de matrícula a todos los sujetos especificados en el párrafo 1 del Artículo 21 de este Decreto.
De acuerdo con las regulaciones anteriores, los estudiantes estarán exentos de las tasas de matrícula para la asignatura de educación para la defensa nacional y la seguridad para la primera sesión de estudio según el programa obligatorio y se aplicará a partir del año académico 2027 - 2028. En caso de que los estudiantes tengan que volver a estudiar debido a que no aprueben el examen, se ausenten voluntariamente de la escuela y por otras razones subjetivas, no disfrutarán de esta política de exención de tasas de matrícula.
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La columna se realizó con el apoyo de YouMe Law Company Limited.