El Ministerio de Justicia está recabando opiniones sobre el proyecto de Ley de Adopción (modificada).
Según el proyecto, esta Ley regula la resolución de la adopción, después de la resolución de la adopción, las consecuencias legales de la adopción, la terminación de la adopción y la gestión estatal de la adopción.
El borrador ha añadido regulaciones específicas sobre la diferencia de edad entre los padres adoptivos y los hijos adoptados. La ley actual solo requiere que los padres adoptivos tengan 20 años o más que el hijo adoptivo. Además de esta condición mínima, la ley no ha establecido ningún límite de edad máximo.
El proyecto de ley mantiene el requisito de que la persona que adopta un hijo debe tener al menos 20 años más que la persona que recibe como hijo adoptivo, pero al mismo tiempo añade una regulación de la distancia máxima de 50 años.
En casos especiales, esta brecha puede ser mayor si la adopción se determina como para el mejor interés del niño. En el caso de que ambos cónyuges adopten, la brecha de edad se calcula en función de la persona más joven entre ambos.
Según el organismo redactor, la nueva regulación se introduce para limitar la gran diferencia de edad entre padres adoptivos e hijos adoptivos. La gran diferencia de edad puede provocar diferencias significativas en la psicología, afectando el proceso de cuidado, educación y acompañamiento de los niños en el proceso de crecimiento.
Además, el límite de edad también tiene como objetivo garantizar que los padres adoptivos tengan las condiciones suficientes para cuidar, criar y educar a los niños hasta que crezcan.
En el contexto de que el número de niños que necesitan ser adoptados no es grande, mientras que el número de personas que necesitan ser adoptadas está aumentando, el organismo redactor cree que es necesario construir criterios más estrictos para seleccionar la familia más adecuada para los niños.
El proyecto de ley también agrega algunos casos en los que no se permite adoptar niños. Según las regulaciones actuales, las personas que están restringidas en los derechos de los padres hacia los hijos menores de edad, que están cumpliendo penas de prisión o que no han sido eliminadas de sus antecedentes penales por algunos delitos relacionados con el abuso de personas y niños no podrán adoptar niños.
El borrador continúa heredando estas regulaciones pero al mismo tiempo agrega un nuevo grupo de sujetos. Se trata de personas que han sido condenadas a prisión pero tienen libertad condicional y todavía están en período de prueba por delitos que infringen la vida, la salud, la dignidad y el honor de las personas; delitos de violencia doméstica; o delitos que infringen el régimen matrimonial y familiar.
Según el organismo redactor, aunque no tienen que cumplir penas de prisión en centros de detención, las personas que se encuentran en períodos de prueba de libertad condicional siguen siendo sujetos que necesitan ser gestionados y supervisados de acuerdo con las disposiciones de la ley.
En este caso, los intereses de los niños pueden verse afectados si el adoptante no garantiza plenamente las condiciones de entorno de vida, ética y capacidad de cuidado infantil.
Se espera que la Ley de Adopción (modificada) se presente y apruebe en la 2a Sesión de la XVI Asamblea Nacional.