A partir de principios de julio de 2026, la Ley de Reservas Nacionales entrará en vigor oficialmente. Esta ley regula la formación, gestión y uso de las reservas nacionales y la gestión estatal de las reservas nacionales.
En particular, esta Ley dedica 1 Capítulo a la gestión y el uso de las reservas nacionales.
En el que se especifica claramente la autoridad para decidir sobre la importación y exportación de bienes de reserva nacional del Ministro de Finanzas.
La decisión del Ministro de Finanzas de importar las reservas nacionales en situaciones tales como: Importación de bienes de reserva nacional aportados voluntariamente por organizaciones e individuos al Estado para lograr los objetivos de reserva nacional; cuando los precios del mercado y las fuentes de bienes aumentan o disminuyen repentinamente.
El Ministro de Finanzas tiene autoridad para exportar bienes de reserva nacional en situaciones tales como: Servir a las actividades del Partido y el Estado; cuando los precios del mercado y las fuentes de bienes aumentan o disminuyen repentinamente.
O exportar bienes de reserva nacional en caso de que no estén incluidos en el plan o fuera de la situación prescrita; los ministerios y agencias a nivel ministerial a los que se les asigna la gestión de bienes de reserva nacional no tienen ni tienen suficientes bienes de reserva nacional para la emisión de acuerdo con los objetivos prescritos.
El Gobierno regula detalladamente la autoridad para decidir sobre la importación y exportación de bienes de reserva nacional del Ministro de Finanzas.
Esta ley también estipula la autoridad para decidir la importación y exportación de bienes de reserva nacional del Ministro, Jefe del organismo equivalente al Ministerio que gestiona los bienes de reserva nacional.
En consecuencia, importar bienes de reserva nacional en situaciones como importar bienes de reserva nacional de acuerdo con el plan de bienes de reserva nacional; importar bienes de reserva nacional de acuerdo con la decisión del Ministro de Finanzas de acuerdo con las regulaciones.
O importar bienes de reserva nacional para una cantidad de bienes cuando el inventario real es mayor que el libro de contabilidad.
Y exportación de bienes de reserva nacional en las siguientes situaciones: exportación de bienes de reserva nacional de acuerdo con el plan de bienes de reserva nacional; exportación de bienes de reserva nacional en situaciones inesperadas y urgentes estipuladas en esta Ley; exportación de destrucción de bienes de reserva nacional.
Los Ministros, Jefes de agencias a nivel ministerial que gestionan las reservas nacionales tienen la autoridad para transferir internamente las reservas nacionales en los siguientes casos:
Garantizar la seguridad, de acuerdo con las condiciones de almacenamiento y conservación de las reservas nacionales; salir de zonas afectadas por desastres naturales, incendios o inseguras; ir a lugares necesarios para estar preparados para servir a las tareas que surjan, servir a las actividades del Partido y el Estado; debido a las necesidades necesarias del trabajo de inventario, entrega, inspección e investigación.
Además, la decisión de exportar temporalmente las reservas nacionales para lograr los objetivos estipulados en esta Ley. Después de completar la tarea, deben ser recuperadas o exportadas, vendidas y ser responsables de su decisión.
El Gobierno regula detalladamente los contenidos anteriores; regula el contenido, el orden y los procedimientos para decidir la importación, exportación, exportación temporal y recuperación de las reservas nacionales.