El Ministerio del Interior está recabando la opinión pública sobre el proyecto de Decreto que modifica y complementa algunos artículos del Decreto No. 126/2024/ND-CP de fecha 8 de octubre de 2024 del Gobierno sobre la organización, operación y gestión de asociaciones.
En particular, el Ministerio del Interior propone la responsabilidad de los Comités Populares a nivel comunal en el proyecto de Decreto.
En consecuencia, el Comité Popular a nivel comunal es responsable de gestionar, inspeccionar e inspeccionar el cumplimiento de la legislación sobre asociaciones y los estatutos de las asociaciones que operan dentro del ámbito comunal.
Inspeccionar las actividades financieras, los activos, resolver quejas y denuncias, manejar violaciones de activos, finanzas y contabilidad para las asociaciones que operan dentro de la comuna.
Recompensar o proponer a la autoridad competente que recompense a asociaciones, organizaciones e individuos con logros de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Resolver quejas, denuncias y manejar violaciones relacionadas con decisiones administrativas y actividades de servicio público de funcionarios y empleados públicos en organizaciones dependientes de los Comités Populares a nivel comunal de acuerdo con las regulaciones de la ley.
Considerar y decidir asignar tareas a la asociación para que opere dentro del ámbito de la comuna de acuerdo con el campo de actividad de la asociación.
Anualmente, resumir e informar al Comité Popular Provincial sobre la situación de la organización, operación y gestión de las actividades de la asociación dentro del ámbito de la comuna.
Actualizar la base de datos de la asociación de acuerdo con la descentralización de la gestión y la coordinación en la construcción, operación y gestión de la base de datos sobre las actividades de la asociación en el ámbito de la comuna.
El Presidente del Comité Popular a nivel comunal ejerce la autoridad para reconocer el comité de movilización para el establecimiento de la asociación; permitir el establecimiento, el congreso, la división, la separación, la fusión, la consolidación, la disolución, el cambio de nombre, la aprobación de los estatutos; suspender las actividades por un período limitado, permitir la reanudación de las actividades para las asociaciones que operan dentro del ámbito comunal.