La oficina legal de consultoria legal respondio:
El Articulo 14 de la Ley de Prevencion de Incendios, Fuego y Rescate 2024 (efectivo de 1.7.2025) estipula los siguientes actos prohibidos:
1. Deliberadamente causando fuego, explosion, accidentes, incidentes o agitacion, instigar, seducir a otros que causan fuego, explosion, accidentes, incidentes que causan daños o potencialmente causando daños a las personas y la propiedad de las agencias, organizaciones e individuos, afectando la economia, el medio ambiente, la seguridad y el orden.
2. Instruir, amenazar, obstruir y obstruir a las fuerzas para realizar tareas y participantes en la prevencion de incendios, la lucha, el rescate y el rescate.
3. Abusar y abusar de la implementacion de tareas de prevencion de incendios, lucha, rescate y rescate para cometer violaciones de derecho, acoso e infringir los intereses del estado, los derechos e intereses legitimos de las agencias, organizaciones e individuos.
4. Aprovechando la participacion en la lucha contra incendios, el rescate y el rescate para cometer violaciones de la ley, infringiendo los intereses del estado, los derechos e intereses legitimos de las agencias, organizaciones e individuos.
5. Falso, falsifica los resultados del diseño y la evaluacion del diseño en la prevencion y la lucha contra el incendio, los resultados de las pruebas y las pruebas para la prevencion y la lucha contra incendios.
6. Alarma de incendio falsa; Situacion periodistica de rescate y rescate.
7. Producir, almacenar, transportar, usar y comerciar ilegalmente bienes, sustancias y articulos peligrosos en llamas y explosiones.
8. Convierta y complementa el uso de articulos de trabajo y obras que no garanticen la prevencion de incendios y la lucha contra la seguridad de acuerdo con la ley.
9. Comercio de vehiculos de prevencion de incendios, lucha, rescate y rescate con calidad que no de acuerdo con los estandares de anuncio estandar y las regulaciones tecnicas correspondientes.
10. Superar, destruir, dañar intencionalmente los medios de prevencion de incendios, lucha, rescate y rescate; Cambiar arbitrariamente, mover y oscurecer medios de prevencion de incendios, lucha, rescate, rescate, señales y letreros que se han equipado segun lo prescrito; obstruyendo el camino de escape; Perdio el efecto de escapar, la ruta de escape, evitando el fuego.
11. Invasion y disposicion de obstaculos que obstruyen la operacion de los vehiculos de combate, rescate y rescate mecanico.
Por lo tanto, desde 1.7.2025, hay 11 comportamientos que estaran estrictamente prohibidos en la prevencion y la lucha contra incendios.
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