El articulo 9 de la Ley de Militares Profesionales Trabajadores y Funcionarios de Defensa regula la evaluacion de militares profesionales trabajadores y empleados de defensa de la siguiente manera:
1. Evaluar a los militares profesionales trabajadores y funcionarios de defensa para determinar las cualidades politicas y morales la capacidad el nivel profesional y los resultados de la implementacion de las funciones y tareas asignadas.
Los resultados de la evaluacion son la base para la disposicion el uso la capacitacion la formacion el fomento el estimulo la disciplina y la implementacion de politicas para los militares profesionales los trabajadores y los funcionarios de defensa.
2. Basandose en los resultados de la evaluacion los militares profesionales trabajadores y funcionarios de defensa son clasificados y evaluados en los siguientes niveles:
a) Completar excelentemente las funciones y tareas;
b) Completar bien las funciones y tareas;
c) Cumplimiento de las funciones y tareas;
d) Incapaces de cumplir con sus funciones y tareas.
3. El Ministro de Defensa regula detalladamente este articulo.
Segun el parrafo 1 del articulo 5 de la Circular No. 95/2024/TT-BQP del Ministerio de Defensa Nacional para las bonificaciones periodicas anuales sobre la base de la evaluacion y clasificacion del nivel de cumplimiento de las tareas en el año de acuerdo con el aviso de la autoridad competente y basandose en la lista de pagos salariales en el mes para llevar a cabo la evaluacion y clasificacion las agencias y unidades desde el nivel del regimiento y equivalentes en adelante elaboraran una lista y la distribuiran a los beneficiarios garantizando la implementacion publica en las agencias