La Oficina de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El artículo 7 del Decreto 156/2026/ND-CP (vigente a partir del 1 de julio de 2026) modifica y complementa el artículo 23 del Decreto No. 31/2019/ND-CP sobre el tratamiento disciplinario de denunciantes que son funcionarios, empleados públicos y empleados públicos, estipula lo siguiente:
4. La forma de disciplina de despido o destitución se aplica al denunciante cuando tiene uno de los siguientes actos:
a) Haber sido disciplinado con la forma de destitución para el denunciante que ocupa un cargo de liderazgo o gestión o advertencia para el denunciante que no ocupa un cargo de liderazgo o gestión pero reincide;
b) Abusar del derecho a denunciar para difundir propaganda contra el Estado, infringir los intereses del Estado; causar disturbios en la seguridad y el orden público;
c) Aprovechar la denuncia para distorsionar la verdad, calumniar, acusar inventadas, atacar, dividir facciones, causar desunión interna, denunciar repetidamente con malas intenciones.
Por lo tanto, a partir del 1 de julio de 2026, los funcionarios y empleados públicos que denuncien repetidamente con malas intenciones serán disciplinados y despedidos.
Asesoramiento jurídico
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