El Departamento de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El artículo 8 del Decreto 326/2026/ND-CP que regula las fuerzas de protección de la seguridad cibernética (vigente a partir del 19 de agosto de 2026), regula los estándares para las personas que participan en las fuerzas de protección de la seguridad cibernética de la siguiente manera:
1. Las personas que participan en la fuerza especializada para proteger la seguridad cibernética y la fuerza permanente para proteger la seguridad cibernética desplegada en ministerios, ramas, Comités Populares a nivel provincial, agencias y organizaciones que gestionan directamente sistemas de información importantes sobre seguridad nacional deben garantizar los estándares de acuerdo con las regulaciones de la Ley de Seguridad Cibernética, las regulaciones legales relacionadas y los siguientes estándares:
a) Los estándares profesionales según el puesto de trabajo incluyen el marco de competencias, los requisitos para títulos, certificados profesionales, habilidades, experiencia y productos laborales de acuerdo con las regulaciones de la autoridad competente;
b) Para ubicaciones de acceso a sistemas de información importantes, datos sensibles o la realización de encuestas digitales, la agencia de gestión lleva a cabo la evaluación de la fiabilidad, el control de conflictos de intereses y la gestión del acceso de acuerdo con los principios mínimos.
2. Las personas que participan en las fuerzas de reserva y las fuerzas permanentes para proteger la seguridad cibernética que no están reguladas en el párrafo 1 de este Artículo cumplen con los siguientes estándares:
a) Tener cualidades políticas, morales, conciencia de disciplina adecuadas a los requisitos de la tarea;
b) No pertenecer a los casos de conflicto de intereses según lo dispuesto por la ley;
c) Tener la capacidad profesional adecuada a la tarea asignada;
d) Ser consciente de cumplir con las regulaciones y compromisos sobre la protección de secretos de estado, secretos de trabajo y seguridad de la información.
3. El Ministerio de Seguridad Pública preside, en coordinación con el Ministerio de Defensa Nacional y las agencias pertinentes, la promulgación de acuerdo con su autoridad o la presentación a las autoridades competentes para su promulgación de regulaciones sobre el marco de competencias, los estándares de puestos de trabajo, los criterios para evaluar los resultados del desempeño de las tareas, el proceso de evaluación de la fiabilidad y el control de los conflictos de intereses para las fuerzas de protección de la seguridad cibernética.
Por lo tanto, a partir del 19 de agosto de 2026, las personas que deseen unirse a la fuerza de protección de la seguridad cibernética deben cumplir con los estándares mencionados anteriormente.
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