El Ministerio de Seguridad Pública redacta una Circular que modifica y complementa algunos artículos de la Circular No. 62/2024/TT-BCA que promulga la Norma Técnica Nacional sobre "Sistemas de monitoreo para garantizar la seguridad, el orden y la seguridad del tráfico rodado", la Norma Técnica Nacional sobre "Dispositivos de monitoreo de viaje y dispositivos de grabación de imágenes de conductores" y la Norma Técnica Nacional sobre "Centros de mando de tráfico".
Explicando la necesidad de emitir una Circular modificada y complementada, el organismo redactor dijo que en la práctica, la Circular No. 62/2024/TT-BCA ha creado una base legal importante para implementar la aplicación de la ciencia y la tecnología en la gestión estatal del orden y la seguridad del tráfico, contribuyendo a mejorar la eficiencia de la supervisión, detección y manejo de violaciones, sirviendo al trabajo de mando y control del tráfico y cumpliendo con las regulaciones de la Ley de TTATGT de carreteras de 2024.
Sin embargo, después de más de 1 año de implementación, la Circular No. 62/2024/TT-BCA no ha cumplido con los avances, la innovación y la creatividad de acuerdo con el espíritu de la Resolución 57 del Buró Político y los requisitos de gestión en la etapa actual.
Además, el desarrollo innovador de la ciencia y la tecnología en el mundo es cada vez más rápido, como: tecnología de vigilancia de reconocimiento de imágenes, tecnología de transmisión, tecnología de IA, Big data IOT... Por lo tanto, el requisito establecido es que es necesario actualizar y complementar las regulaciones técnicas para los sistemas que sirven al trabajo de garantía de TTATGT para garantizar la uniformidad, la capacidad de conexión y intercambio de datos entre los sistemas de vigilancia, los Centros de mando de tráfico y las bases de datos que sirven al trabajo de gestión estatal del orden y la seguridad del tráfico.
Por lo tanto, la promulgación de la Circular que modifica algunos artículos de la Circular No. 62/2024/TT-BCA es necesaria para perfeccionar la base legal, superar los problemas que surjan en el proceso de implementación, garantizar la viabilidad, la uniformidad en la aplicación y, al mismo tiempo, cumplir con los requisitos de la gestión estatal para garantizar la seguridad, el orden y el orden, la seguridad vial en la nueva situación.
La agencia redactora también informó que el 8 de abril de 2026, el Ministerio de Seguridad Pública emitió el Documento Oficial No. 1515/BCA-CSGT enviado a la Oficina del Gobierno sobre el informe sobre el progreso de la elaboración de Decretos en el campo del orden y la seguridad del tráfico.
En particular, el Ministerio propuso posponer el plazo de presentación al Gobierno a julio de 2026 para el Decreto del Gobierno "que regula los equipos de monitoreo de viajes, los equipos de reconocimiento de imágenes de conductores, los equipos de reconocimiento de imágenes de compartimentos de pasajeros en vehículos de carretera; invertir en un sistema de gestión de datos de monitoreo de viajes, reconocimiento de imágenes de conductores, imágenes de compartimentos de pasajeros en vehículos de carretera".
Este Decreto es la base y la base legal para construir y promulgar la Norma Técnica Nacional sobre "dispositivos de seguimiento, dispositivos de grabación de imágenes de conductores, dispositivos de registro de compartimentos de pasajeros".
Por lo tanto, específicamente con la Norma Técnica Nacional sobre "dispositivos de seguimiento y dispositivos de reconocimiento de imágenes de conductores" se completará y promulgará después de que el Gobierno emita el Decreto "que regula los dispositivos de seguimiento, los dispositivos de reconocimiento de imágenes de conductores, los dispositivos de reconocimiento de compartimentos de pasajeros en vehículos de carretera".