Aumentar el límite máximo de ingresos para comprar viviendas sociales
El Decreto 136/2026/ND-CP modifica y complementa el apartado 1 del artículo 30 del Decreto No. 100/2024/ND-CP que modifica las condiciones de ingresos para la compra de viviendas sociales en la dirección de aumentar el límite máximo de ingresos de 5 a 10 millones de VND/mes dependiendo del sujeto en comparación con las regulaciones anteriores.
Artículo 30. Condiciones de ingresos
1. Para los sujetos especificados en los apartados 5, 6 y 8 del Artículo 76 de la Ley de Vivienda, se deben garantizar las siguientes condiciones de ingresos:
a) En el caso de que el solicitante sea una persona no casada o se confirme que es soltero, el ingreso mensual promedio real no debe exceder los 25 millones de VND/mes calculados según la Tabla de salarios y salarios certificada por la agencia, unidad o empresa donde trabaja el sujeto.
En el caso de que el solicitante sea una persona no casada o se confirme que es soltero y está criando a un niño menor de edad adulta, el ingreso mensual promedio real no supera los 35 millones de VND/mes calculado según la Tabla de salarios y salarios certificada por la agencia, unidad o empresa donde trabaja el sujeto.
b) En el caso de que el solicitante se haya casado de acuerdo con las disposiciones de la ley, el solicitante y su cónyuge tienen un ingreso mensual promedio total real que no supere los 50 millones de VND/mes calculado según la Tabla de salarios y salarios certificada por la agencia, unidad o empresa donde trabaja el sujeto.
c) El plazo para determinar las condiciones de ingresos según lo dispuesto en los puntos a y b de este apartado es de 12 meses consecutivos, a partir del momento en que la autoridad competente realice la confirmación.
d) Basado en las condiciones, el nivel de ingresos de cada área en el área, la política preferencial de vivienda para funcionarios, empleados públicos, empleados públicos, el número de personas dependientes de acuerdo con las regulaciones de la ley, el Comité Popular provincial puede decidir el coeficiente de ajuste del nivel de ingresos estipulado en los puntos a, b de este párrafo, pero no excede la proporción entre el ingreso per cápita promedio en la localidad y el ingreso per cápita promedio en todo el país; decidir la política para fomentar el acceso a la vivienda social para los sujetos que disfrutan de la política de apoyo a la vivienda social que tienen 3 o más personas dependientes en el mismo hogar.
Condiciones de vivienda para recibir apoyo para vivienda social
De acuerdo con el Artículo 29 del Decreto 100/2024/ND-CP (modificado y complementado en el Decreto 54/2026/ND-CP) que regula las condiciones para la vivienda de la siguiente manera:
- Los casos en que no hay vivienda propia se determinan cuando el sujeto especificado en el apartado 1 del artículo 77 de la Ley de Vivienda de 2023 y el cónyuge de ese sujeto (si lo hay) se determinan que no tienen nombre o no tienen contenido de información sobre la vivienda en el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra en la provincia o ciudad directamente dependiente del gobierno central donde se encuentra el proyecto de vivienda social.
Dentro de los 7 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de confirmación de las condiciones de vivienda, la agencia competente para emitir el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra de acuerdo con las disposiciones de la ley de tierras en la provincia o ciudad directamente dependiente del gobierno central donde se encuentra el proyecto de vivienda social confirmado de acuerdo con las disposiciones de este párrafo.
- En el caso de que el sujeto especificado en el párrafo 1 del Artículo 77 de la Ley de Vivienda de 2023 tenga una vivienda de su propiedad pero el área de vivienda per cápita promedio sea inferior a 15 m2 de piso/persona. El área de vivienda per cápita promedio especificada en este párrafo se determina sobre la base de incluir: el solicitante, la esposa (marido) de esa persona, el padre, la madre (si la hay) y los hijos de esa persona (si los hay) registrados como residentes permanentes en esa casa.
Dentro de los 7 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de confirmación del área de vivienda per cápita, el Comité Popular a nivel comunal realiza la confirmación para los casos especificados en este párrafo.