El lector N.V.A pregunta: El Sr. y la Sra. A son funcionarios públicos, en 2005, su familia recibió 1.000 m2 de tierra, incluyendo 300 m2 de tierra residencial y 700 m2 de tierra agrícola (plantación anual) con un plazo de 20 años.
En 2025, la familia del Sr. A realizó los trámites para confirmar la prórroga del uso de la tierra, pero se les negó el procesamiento del expediente, debido a que el Sr. y la Sra. A no participan directamente en la producción agrícola.
El Sr. A preguntó, en el caso de tierra agrícola (anual) de hogares e individuos que fueron reconocidos por el Estado con derechos de uso de la tierra anteriormente (antes de 2005), pero que ahora han expirado, ¿los usuarios de la tierra que no participan directamente en la producción agrícola pueden extenderla o se les revoca la tierra?
Porque en este caso, al presentar una solicitud para confirmar la continuación del uso de la tierra, la prórroga del uso de la tierra, la gente es rechazada con el argumento de que no produce directamente agricultura. Actualmente, en la comuna también hay muchos casos de hogares que no producen directamente agricultura (la asignación de tierra residencial con tierra de jardín es tierra para cultivos anuales en el período de 2000-2005) que enfrentan los problemas mencionados anteriormente.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente responde a esta pregunta de la siguiente manera:
El apartado 18 del artículo 3 de la Ley de Tierras de 2024 establece:
18. La prórroga del uso de la tierra es cuando la agencia estatal competente permite continuar utilizando la tierra cuando expira el plazo según el propósito que se está utilizando de acuerdo con las regulaciones de esta Ley".
El apartado 2 del artículo 258 de la Ley de Tierras de 2024 establece:
2. En el caso de que el Estado haya asignado tierras, arrendado tierras, reconocido los derechos de uso de la tierra y el plazo de uso de la tierra haya expirado, pero antes de la fecha en que esta Ley entre en vigor, la agencia estatal competente no haya recuperado la tierra, se considerará la prórroga del uso de la tierra o la recuperación de la tierra de acuerdo con las regulaciones de esta Ley".
El apartado 3 del artículo 259 de la Ley de Tierras de 2024 estipula:
3. Los hogares a los que el Estado asignó tierras sin cobrar tasas de uso de la tierra, asignó tierras con cobro de tasas de uso de la tierra, arrendó tierras antes de la fecha en que esta Ley entre en vigor, pueden continuar utilizando la tierra durante el período restante de uso de la tierra. Cuando expire el período de uso de la tierra, se prorroga el uso de la tierra en forma de asignación de tierras, arrendamiento de tierras a individuos que son miembros de ese hogar de acuerdo con las regulaciones de esta Ley".
El apartado 3 del artículo 172 de la Ley de Tierras de 2024 sobre el uso de la tierra por un período limitado estipula:
3. La prórroga del uso de la tierra se lleva a cabo en el último año del plazo de uso de la tierra, excepto en los casos previstos en el punto a del apartado 1 de este artículo. Los usuarios de la tierra que necesiten una prórroga del uso de la tierra deben presentar una solicitud de prórroga a más tardar 6 meses antes de que expire el plazo de uso de la tierra.
Después del plazo para presentar una solicitud de prórroga, si el usuario de la tierra no presenta una solicitud de prórroga, no se le permite prorrogar el uso de la tierra, excepto en casos de fuerza mayor. En caso de que no se permita la prórroga del uso de la tierra, la agencia estatal competente llevará a cabo la recuperación de la tierra de acuerdo con las disposiciones de esta Ley".
El artículo 63a del Decreto No. 102/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 del Gobierno que detalla la implementación de algunos artículos de la Ley de Tierras (añadido en el apartado 9 del artículo 13 que regula el Decreto No. 49/2026/ND-CP del Gobierno que detalla y guía algunos artículos de la Resolución No. 254/2025/QH15 de la Asamblea Nacional que regula algunos mecanismos y políticas para eliminar las dificultades y obstáculos en la organización de la implementación de la Ley de Tierras estipula los casos de fuerza mayor al extender el uso de la tierra estipulados en el apartado 3 del artículo 172 de la Ley de Tierras.
El apartado 5 del artículo 112 del Decreto No. 102/2024/ND-CP establece:
5. En caso de que el plazo de uso de la tierra haya expirado pero hasta la fecha en que este Decreto entre en vigor y la agencia estatal competente no haya recuperado la tierra, el usuario de la tierra puede llevar a cabo los procedimientos para extender el uso de la tierra durante 06 meses a partir de la fecha en que este Decreto entre en vigor, al final de este plazo, si el usuario de la tierra no realiza los procedimientos para extenderlo, el Estado recupera la tierra, excepto en casos de fuerza mayor".
El orden y los procedimientos para la prórroga del uso de la tierra se implementan de acuerdo con las regulaciones del Artículo 64 del Decreto No. 102/2024/ND-CP, modificado y complementado en el punto II de la Parte VII y el formulario No. 04 del Anexo II adjunto al Decreto No. 151/2025/ND-CP de fecha 12 de junio de 2025 del Gobierno que regula la delimitación de la autoridad del gobierno local de 2 niveles, la delegación de poderes y la descentralización en el campo de la tierra.
Al mismo tiempo, en el apartado 1 del artículo 14 y el apartado 1 del artículo 15 del Decreto No. 49/2026/ND-CP se ha estipulado:
Artículo 14. Descentralización de la autoridad al Comité Popular Provincial para implementar en el campo de la tierra.
1. Los Comités Populares Provinciales tienen la autoridad para decidir sobre la recuperación de tierras, la compensación, el apoyo, el reasentamiento, la asignación de tierras, el arrendamiento de tierras, el permiso para cambiar el propósito del uso de la tierra, el ajuste del plazo de uso de la tierra, la prórroga del uso de la tierra, el cambio de la forma de uso de la tierra, el reconocimiento de los derechos de uso de la tierra, la aprobación del acuerdo para recibir los derechos de uso de la tierra para implementar proyectos, la aprobación y aprobación del plan de uso de la tierra.
Basado en la Ley de Organización del Gobierno Local, la Resolución No. 190/2025/QH15 de la Asamblea Nacional sobre el manejo de algunos temas relacionados con la reorganización del aparato estatal y la situación real de la localidad, el Comité Popular Provincial decide la descentralización y delegación de autoridad a los organismos y personas competentes para implementar las tareas estipuladas en este párrafo de manera apropiada.
... Artículo 15. Regulaciones sobre procedimientos y trámites administrativos relacionados con la tierra
1. Los Comités Populares a nivel provincial regulan el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra para implementar los casos especificados en el Artículo 14 de este Decreto a más tardar el 1 de julio de 2026, asegurando la reducción y simplificación de los procedimientos administrativos de acuerdo con las regulaciones; en el que se especifican claramente las responsabilidades de las agencias y personas autorizadas en los pasos para implementar el orden y los procedimientos, el tiempo máximo para implementar el orden y los procedimientos, los componentes del expediente a presentar, incluidos los documentos que prueban los sujetos exentos o reducidos de obligaciones financieras (si los hay), los formularios de implementación de procedimientos deben especificar la información para determinar las obligaciones financieras relacionadas con la tierra.
Mientras no se promulguen las regulaciones sobre el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra estipulados en este apartado, el Comité Popular Provincial decidirá la aplicación del orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra de acuerdo con las disposiciones de la ley antes de la fecha en que este Decreto entre en vigor o decidirá el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra para cada caso específico".
Basándose en las regulaciones anteriores, se solicita al Sr. que se ponga en contacto con el Comité Popular a nivel comunal donde se encuentra la tierra para obtener orientación sobre la implementación de acuerdo con las regulaciones.