De conformidad con la Clausula 3, Articulo 2 del Decreto 08/2020/ND-CP VI, que es un registro escrito de eventos y actos realizados por el reestructuracion y formados de acuerdo con los requisitos de individuos, agencias y organizaciones de acuerdo con este decreto.
De acuerdo con las disposiciones de la ley al realizar el comercio de bienes raices o en otras palabras, la transferencia de los derechos de uso de la tierra, la propiedad de las propiedades adjuntas a la tierra para los casos que se les ha otorgado certificados, la ley requiere el registro de las fluctuaciones de la propiedad en las agencias competentes.
En el articulo 29 del Decreto 101/2024/ND-CP para los procedimientos para el registro de fluctuaciones a ser rapidamente y ahorrar tiempo, el expediente se presenta al implementar los procedimientos para el registro de la tierra y las propiedades adjuntas a la tierra de la siguiente manera:
- Aplicacion de cambios de tierra y propiedades adjuntas a la tierra de acuerdo con el Formulario No. 11/DK emitido junto con el Decreto 101/2024/ND-CP.
- Certificado emitido.
- Contrato de transferencia.
- Documentos sobre representantes de conformidad con la ley civil en caso de llevar a cabo procedimientos para el registro de tierras y la propiedad adjunta a la tierra a traves de representantes.
Sin embargo, de acuerdo con el punto A, la Clausula 3, Articulo 27 de la Ley de Tierras 2024, el contrato de transferencia derecho de uso de la tierra, la propiedad de las propiedades adjuntas a la tierra debe ser notarizada o autenticada, a menos que las transacciones a traves de los negocios inmobiliarios.
Ademas, en la clausula 2, el articulo 36 del Decreto 08/2020/ND-CP, no se reemplaza por notarizacion y autenticacion. Y en la clausula 5, el Articulo 37 del Decreto 08/2020/ND-CP, no se muestra igual a los eventos y comportamientos para transferir el derecho a usar, la propiedad de la tierra y la propiedad sin documentos que prueben el derecho de uso y propiedad de acuerdo con la ley.
Por lo tanto, la formulacion de un titulo para llevar a cabo el comercio de bienes raices es contraria a la ley, porque en el caso de no estar formado. Al mismo tiempo, igual al valor legal en lugar de notarizacion o autenticacion segun lo prescrito.