En el Portal de Información del Ministerio de Finanzas, un contribuyente ha realizado los trámites para recalcular el impuesto sobre el uso de la tierra de acuerdo con el Decreto No. 50/2026/ND-CP de 31 de enero de 2026 y la Resolución No. 254/2025/QH15 de 11 de diciembre de 2025.
Este contribuyente ha sido emitido por la Subdirección de Impuestos de la Región 9, ciudad de Da Nang, con un Aviso de obligaciones tributarias modificado.
En consecuencia, en este caso, se reembolsa la diferencia pagada después de recalcular el impuesto sobre el uso de la tierra.
Sin embargo, según los comentarios de los ciudadanos, los funcionarios fiscales instruyeron que tenían que esperar para realizar los trámites de devolución de dinero en el portal de servicios públicos porque actualmente no hay procedimientos en el caso mencionado anteriormente.
Los contribuyentes han solicitado al Ministerio de Finanzas que elabore y promulgue procedimientos para la devolución del impuesto sobre el uso de la tierra de acuerdo con el Decreto No. 50/2026/ND-CP y la Resolución No. 254/2025/QH15 para garantizar los derechos de los contribuyentes.
Sobre este tema, la autoridad fiscal de Da Nang dijo que se basa en las regulaciones legales vigentes para guiar la implementación.
Específicamente, basándose en el punto d, párrafo 2, Artículo 12 del Decreto No. 50/2026/ND-CP de fecha 31 de enero de 2026 del Gobierno que detalla algunos artículos de la Resolución No. 254/2025/QH15 de fecha 11 de diciembre de 2025 de la Asamblea Nacional que regula algunos mecanismos y políticas para eliminar las dificultades y obstáculos en la organización de la implementación de la Ley de Tierras sobre las tarifas de uso de la tierra y las tarifas de arrendamiento de la tierra.
En el Artículo 12 sobre el manejo de transición sobre las tarifas de uso de la tierra y el alquiler de la tierra cuando la Resolución No. 254/2025/QH15 entre en vigor, el párrafo 2 estipula el manejo de transición para los casos en que los hogares e individuos han sido autorizados por las agencias estatales competentes para cambiar el propósito del uso de la tierra en los casos especificados en el Artículo 6 de este Decreto desde el 1 de agosto de 2024 hasta antes del 1 de enero de 2026 de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 10 del Artículo 4 de la Resolución No. 254/2025/QH15.
El punto d de este apartado estipula claramente que en el caso de que los hogares y las personas hayan pagado íntegramente la tasa de uso de la tierra de acuerdo con la notificación de la autoridad fiscal, se les propone a la autoridad fiscal que recalcule la tasa de uso de la tierra de acuerdo con las disposiciones de este Decreto.
La autoridad fiscal recalcula la tasa de uso de la tierra y notifica a los usuarios de la tierra. En caso de que la tasa de uso de la tierra después de la recalculación sea inferior a la cantidad pagada, el usuario de la tierra recibe el pago de la diferencia por parte del Estado deduciendo de las obligaciones sobre la tasa de uso de la tierra, el alquiler de la tierra.
En caso de que no surjan obligaciones de tasas de uso de la tierra, tasas de arrendamiento de la tierra, se deducen de otras obligaciones financieras de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre gestión tributaria.
En caso de que no haya otras obligaciones financieras para deducir, se reembolsa en efectivo de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre el presupuesto estatal, la ley sobre gestión tributaria y otras leyes relacionadas.
Además, basándose en el punto b del párrafo 1 del Artículo 25 y el párrafo 2 del Artículo 42 de la Circular No. 80/2021/TT-BTC del Ministerio de Finanzas de fecha 29 de septiembre de 2021 que guía la implementación de algunos artículos de la Ley de Administración Tributaria y el Decreto No. 126/2020/ND-CP de fecha 19 de octubre de 2020 del Gobierno que detalla algunos artículos de la Ley de Administración Tributaria, que ha sido modificado en la Circular No. 94/2025/TT-BTC del Ministerio de Finanzas de fecha 14 de octubre de 2025.
En el Artículo 25 sobre el manejo de impuestos, pagos atrasados, multas pagadas en exceso, el punto b regula el reembolso, reembolso y compensación de ingresos del presupuesto estatal, indicando claramente que si un contribuyente tiene un pago en exceso después de implementar la compensación de acuerdo con las instrucciones en el punto a de este párrafo y todavía tiene un pago en exceso o no tiene una deuda, el contribuyente puede enviar un expediente solicitando el reembolso o el reembolso y la compensación de los ingresos del presupuesto estatal de acuerdo con las regulaciones del Artículo 42 de esta Circular. El contribuyente puede reembolsar el pago en exceso cuando el contribuyente no tiene deuda.
En el artículo 42 sobre expedientes de devolución excedentes, el apartado 2 estipula que los expedientes de devolución excedentes de impuestos y otros ingresos incluyen un documento solicitando el manejo de la cantidad de impuestos, pagos atrasados, multas pagados excedentes de acuerdo con el formulario No. 01/DNXLNT emitido junto con el apéndice I de esta Circular; documento de autorización en el caso de que el contribuyente no realice directamente el procedimiento de devolución de impuestos, excepto en el caso de que el agente de impuestos presente un expediente de devolución de impuestos de acuerdo con el contrato firmado entre el agente de impuestos y el contribuyente; y los documentos adjuntos si los hay.
De acuerdo con las regulaciones anteriores, los contribuyentes que tengan un pago excesivo de la tasa de uso de la tierra envían un Documento solicitando el manejo del impuesto pagado en exceso y los documentos adjuntos, si los hay, a la Agencia Tributaria que gestiona los ingresos presupuestarios para que se les reembolse el pago excesivo de acuerdo con las regulaciones.