El Gobierno ha emitido el Decreto 281/2026/ND-CP (vigente el 31 de agosto de 2026) que modifica el Decreto 123/2024/ND-CR que regula las sanciones por infracciones administrativas en el campo de la tierra. Entre ellas, se modifican algunas regulaciones sobre sanciones administrativas por el acto de no registrar cambios en la tierra.
En el Artículo 4 del Decreto No. 281/2026/ND-CP, se ha modificado y complementado el apartado 2 del Artículo 16 del Decreto 123/2024/ND-CR que regula el nivel de sanción por el acto de no registrar la tierra en la dirección de complementar las regulaciones sobre los casos que no son sancionados. Específicamente:
Artículo 4. Modificación y adición del apartado 2 del artículo 16
2. Multa de 2.000.000 VND a 3.000.000 VND por el acto de no registrar los cambios en la tierra de acuerdo con las disposiciones de los puntos a, b, i, k, 1, m y q del apartado 1 del artículo 133 de la Ley de Tierras, excepto en el caso de recibir derechos de uso de la tierra para llevar a cabo proyectos de inversión a través de un acuerdo sobre la recepción de derechos de uso de la tierra de acuerdo con las disposiciones del artículo 127 de la Ley de Tierras de 2024".
De acuerdo con el Artículo 127 de la Ley de Tierras de 2024 que regula el uso de la tierra para implementar proyectos de desarrollo socioeconómico a través de acuerdos sobre la recepción de derechos de uso de la tierra o tener derechos de uso de la tierra de la siguiente manera:
1. El uso de la tierra para implementar proyectos de desarrollo socioeconómico a través de acuerdos sobre la recepción de derechos de uso de la tierra se lleva a cabo en los siguientes casos:
a) Los casos de ejecución de proyectos que no se encuentren en el caso de recuperación de tierras estipulado en el Artículo 79 de esta Ley;
b) Para los casos de uso de la tierra para implementar proyectos de inversión en construcción de viviendas comerciales, solo se puede acordar la recepción de derechos de uso de la tierra residencial;
c) Los casos en los que no se utilizan fondos del presupuesto estatal y que se encuentran en el caso de recuperación de tierras en el artículo 79 de esta Ley y donde el inversor elige la opción de acuerdo sobre la recepción de derechos de uso de la tierra, no proponen la recuperación de tierras.
2. Terreno acordado sobre la recepción de derechos de uso de la tierra para implementar proyectos de desarrollo socioeconómico que han sido asignados por el Estado, arrendados, reconocidos como derechos de uso de la tierra para los usuarios de la tierra; en el caso de que en el área de tierra implementada de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 1 de este Artículo haya un área de tierra gestionada por agencias y organizaciones estatales pero no se pueda separar en un proyecto independiente, el área de tierra gestionada por agencias y organizaciones estatales se incluye en el área total de tierra para establecer un proyecto y es recuperada por el Estado para ser asignada y arrendada a inversores para implementar proyectos sin pasar por la forma de subasta de derechos de uso de la tierra, sin tener que licitar para seleccionar inversores para implementar proyectos que utilicen la tierra...