El Gobierno emite el Decreto 281/2026/ND-CP que modifica y complementa algunos artículos del Decreto No. 123/2024/ND-CP de fecha 4 de octubre de 2024 que regula las sanciones por infracciones administrativas en el campo de la tierra.
El Decreto 281/2026/ND-CP añade el Artículo 3a después del Artículo 3 que regula los principios para determinar las violaciones administrativas en el campo de la tierra de la siguiente manera:
1. La sanción por infracciones administrativas en el ámbito de la tierra para las unidades administrativas de zonas especiales reconocidas como zonas urbanas de acuerdo con las disposiciones de la ley que realizan las tareas y poderes correspondientes del gobierno local en el barrio, aplicará el mismo nivel de sanción que a las unidades administrativas del barrio;
La sanción de las infracciones administrativas en el campo de la tierra para las unidades administrativas de la zona económica especial que realizan las tareas y poderes correspondientes del gobierno local en la comuna se aplica al mismo nivel de sanción que las unidades administrativas de la comuna.
2. Si el esposo y la esposa comparten derechos de uso de la tierra, se aplicarán sanciones administrativas como para un individuo.
Cabe destacar que el Decreto 281/2026/ND-CP modifica y complementa el punto b del apartado 2 y añade los puntos p, q, r, s después del punto o del apartado 3 del artículo 4 en la dirección de complementar las medidas para remediar las consecuencias, tales como: Obligar a restaurar el estado original de la tierra antes de la infracción; obligar a restaurar el estado original del hito de la frontera de la unidad administrativa; obligar a reanudar los trámites administrativos relacionados con la tierra y obligar a devolver los documentos que han sido borrados, corregidos, distorsionados en contenido, documentos falsos utilizados.
El Decreto 281/2026/ND-CP modifica y complementa el apartado 1 del artículo 6 que regula la determinación de los beneficios ilegales obtenidos de actos infractores.
Los beneficios ilegales son los beneficios que se calculan en dinero obtenidos por organizaciones e individuos que cometen actos de infracción administrativa en el campo de la tierra del uso de la tierra después de la infracción y deben ser pagados al presupuesto estatal.
En el caso de que el acto de violación sea cometido por muchas organizaciones e individuos en la misma parcela de tierra, el beneficio ilegal a pagar se divide equitativamente entre las organizaciones e individuos que también cometen la violación.
Un nuevo contenido añadido es: En el caso de que el infractor haya pagado cantidades de dinero al presupuesto estatal por el uso ilegal de la tierra, el beneficio ilegal a pagar se deduce de las cantidades de dinero que se han pagado al presupuesto estatal.
El Decreto 281/2026/ND-CP modifica y complementa el apartado 2 del artículo 16 que regula el nivel de sanción por el acto de no registrar la tierra en la dirección de complementar las regulaciones sobre los casos que no son sancionados.
Multa de 2.000.000 VND a 3.000.000 VND por el acto de no registrar los cambios en la tierra de acuerdo con las disposiciones de los puntos a, b, i, k, l, m y q del apartado 1 del artículo 133 de la Ley de Tierras, excepto en el caso de recibir derechos de uso de la tierra para llevar a cabo proyectos de inversión a través de un acuerdo sobre la recepción de derechos de uso de la tierra de acuerdo con las disposiciones del artículo 127 de la Ley de Tierras.
El Decreto 281/2026/ND-CP también modifica y complementa una serie de regulaciones en los Artículos 30 y 31 sobre la autoridad para sancionar del Presidente del Comité Popular a nivel comunal; agencias de inspección especializadas.
Según las nuevas regulaciones, el Presidente del Comité Popular a nivel comunal tiene el derecho de: Imponer una advertencia; multar con hasta 250 000 000 VND; suspender las actividades de servicios de consultoría por un período de 3 meses y aplicar las medidas para remediar las consecuencias estipuladas en el párrafo 3 del Artículo 4 del Decreto 123/2024/ND-CP.
El Decreto entra en vigor a partir del 31 de agosto de 2026.