El articulo 5 del Decreto 106/2022/NDI-CP establece la siguiente clasificacion de puestos de trabajo:
- Se clasifican por volumen de trabajo.
(1) El puesto de trabajo es asumido por una persona.
(2) El puesto de trabajo que muchos asumen.
(3) El lugar de trabajo.
- Se clasifican por naturaleza, contenido de trabajo
(1) El puesto de trabajo de liderazgo, de gestion.
(2) El lugar de trabajo el titulo profesional especializado.
(3) Ocupaciones con titulos profesionales de uso general (administracion, generalizacion, administracion de oficinas, organizacion de personal, planificacion financiera y puestos de trabajo que no ostentan titulos profesionales especializados de la unidad de carreras publicas).
(4) Posiciones de trabajo de apoyo, servicio.