La clausula 1, Articulo 5 del Decreto No. 147/2025/ND-CP estipula la autoridad para decidir, ajustar el nivel de beneficio y liberar beneficios sociales mensuales, apoyar la atencion mensual y fomentar los fondos para los objetos de proteccion social de la siguiente manera:
La autoridad para decidir disfrutar, ajustar el nivel de beneficio, liberar beneficios sociales mensuales, apoyar la atencion mensual y fondos de fondos para los objetos de proteccion social prescritos en el Decreto No. 20/2021/ND-CP del 15 de marzo de 2021 del gobierno que estipule las politicas de asistencia social implementadas por el Presidente del Comite de Pueblo a nivel comunitario.
Punto D, clausula 2, articulo 5, estipulando el caso de ajustar el nivel de asignacion social de la siguiente manera:
En caso de que los sujetos tengan derecho a asignaciones sociales, apoyen los fondos para la atencion mensual y la crianza de morir, ya no sea elegible o cambie las condiciones de disfrute, el Presidente del Comite Popular de nivel de comuna considerara, decidira resolver o ajustar el nivel de beneficio. Es hora de dejar de fumar o ajustar el nivel de beneficio del mes justo despues del mes de la muerte, no elegible para disfrutar o cambiar las condiciones de disfrute;
El decreto No. 147/2025/ND-CP estipula la asignacion de la autoridad del gobierno local de acuerdo con el modelo de organizacion de los niveles del gobierno local 2 en el campo de la gestion estatal del Ministerio de Salud. El decreto entra en vigencia desde 1.7.2025 hasta el final de 1.3.2027.