De conformidad con el articulo 4 de la circular 11/2025/TT-BNV estipulando las siguientes condiciones de pension:
Los participantes en el seguro social voluntario tienen derecho a la pension cuando uno de los siguientes casos:
1. Sea elegible para la pension de acuerdo con el articulo 98 de la ley sobre seguro social.
2. Elegente para disfrutar de la pension segun lo prescrito en la Clausula 9, Articulo 141 de la Ley de Seguro Social.
En consecuencia, los participantes del seguro social disfrutan voluntariamente de las pensiones cuando son elegibles:
Los participantes en el seguro social voluntario tienen derecho a las pensiones cuando tienen la edad retirada, segun lo prescrito en la Clausula 2, Articulo 169 del Codigo Laboral 2019 y tienen tiempo para pagar el seguro social durante 15 años o mas.
Participantes en el seguro social voluntario antes del 1 de enero de 2021 y 20 años de pagar un seguro social voluntario o superior, tienen derecho a una pension cuando tienen 60 años para hombres, 55 años para mujeres, excepto los casos en que los trabajadores desean disfrutar de pensiones segun lo prescrito en el articulo 98 de la ley sobre el seguro social 2024.