El Ministerio de Salud ha emitido la Circular 56/2025/TT-BYT que guia la gestion de enfermedades profesionales, vigente a partir del 15 de febrero de 2026.
El Capitulo II de la Circular 56/2025/TT-BYT regula los examenes medicos antes de la asignacion de trabajo de la siguiente manera:
Los sujetos se someten a examenes de salud antes de ser asignados para trabajar.
El sujeto del examen de salud antes de la asignacion para trabajar es un trabajador que pertenece al caso estipulado en el apartado 3 del articulo 21 de la Ley de Seguridad e Higiene Laboral No. 84/2015/QH13.
En comparacion con el apartado 3 del articulo 21 de la Ley de Seguridad e Higiene Laboral No. 84/2015/QH13, las regulaciones especificas son las siguientes:
Los empleadores organizan examenes de salud para los trabajadores antes de asignarlos a trabajar y antes de cambiar a trabajos, trabajos pesados, toxicos, mas peligrosos o despues de sufrir accidentes laborales, enfermedades profesionales que hayan recuperado la salud y hayan vuelto a trabajar, excepto en los casos en que el Consejo Medico haya examinado y evaluado el nivel de disminucion de la capacidad laboral.
Por lo tanto, los trabajadores en el caso anterior son sujetos a examenes de salud antes de ser asignados para trabajar.