El articulo 14 de la Ley de Funcionarios de 2010 vigente regula los derechos de los funcionarios publicos sobre las actividades comerciales y el trabajo fuera del horario de oficina de la siguiente manera:
- Puede realizar actividades profesionales fuera del horario de trabajo estipulado en el contrato de trabajo a menos que la ley lo permita.
- Puede firmar contratos de trabajo con otras agencias organizaciones y unidades que la ley no prohibe pero debe completar las tareas asignadas y tener el consentimiento del jefe de la unidad de servicio publico.
- Puede contribuir capital pero no participar en la gestion y operacion de empresas de responsabilidad limitada sociedades anonimas empresas colectivas cooperativas hospitales privados escuelas privadas y organizaciones de investigacion cientifica privadas excepto en los casos en que la ley especializada tenga otras disposiciones.
El 10 de diciembre pasado la Asamblea Nacional aprobo la Ley de Funcionarios (modificada) que entra en vigor a partir del 1 de julio de 2026.
Segun la nueva ley los funcionarios pueden firmar contratos laborales o contratos de servicio con otras agencias organizaciones y unidades si la ley sobre el sector o el campo no lo prohibe garantiza no conflictos de intereses de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre prevencion y lucha contra la corrupcion no contrarios al acuerdo del contrato de trabajo y no violan la etica profesional.
En caso de que no haya un acuerdo en el contrato de trabajo los funcionarios deben obtener el consentimiento por escrito del jefe de la unidad de servicio publico; para el jefe de la unidad de servicio publico debe obtener el consentimiento por escrito de los superiores de gestion directa.
Los funcionarios tambien pueden ejercer su profesion como individuos si la ley sobre el sector o el campo no lo prohibe; pueden contribuir capital participar en la gestion y operacion de empresas cooperativas hospitales instituciones educativas y organizaciones de investigacion cientifica no publicas a excepcion de los casos en que la ley sobre prevencion y lucha contra la corrupcion la ley sobre el sector o el sector tenga otras disposiciones.