Todos los casos de aborto tienen derecho a beneficios de maternidad
De conformidad con el articulo 52 de la nueva ley sobre seguro social (seguro social), el momento de la licencia para disfrutar del regimen de aborto espontaneo, aborto y feto se almacena de la siguiente manera:
- maximo 10 dias: embarazo menor de 5 semanas de edad.
- Maximo 20 dias: embarazo de 5 semanas de edad a menores de 13 semanas de edad.
- maximo 40 dias: embarazo de 13 semanas de edad a menores de 22 semanas de edad.
- 120 dias si el embarazo es de 22 semanas de edad o mas.
Por lo tanto, cuando los trabajadores usan intervenciones medicas para poner fin al desarrollo del feto (entendido como un caso de aborto) tambien disfrutara del regimen de maternidad, ya sea un aborto o un aborto involuntario o involuntario.
Antes del 1 de julio de 2025, la agencia de seguros sociales solo resolvio el regimen de los trabajadores en aborto espontaneo, aborto, aborto, almacenado o aborto para poder disfrutar del regimen de maternidad.
El niño nacio temprano, la madre todavia tenia una licencia de maternidad durante 6 meses.
Segun la clausula 2, el articulo 52 de la ley sobre el seguro social 2024
En el caso de las trabajadoras embarazadas de 22 semanas de edad o mas, son elegibles para la clausula 2 o la clausula 3 o la clausula 5, Articulo 50 de esta ley, aborto espontaneo, aborto, embarazo en el utero, embarazo durante el parto, las trabajadoras y las esposas tienen derecho a licencia de maternidad como si las mujeres dieran a luz.
Por lo tanto, las trabajadoras embarazadas de 22 semanas o mas son elegibles para los beneficios de maternidad que tienen un aborto espontaneo, el aborto, el embarazo en el utero y el embarazo durante el parto, las trabajadoras y los esposos tienen derecho a los beneficios de maternidad.
Esto significa que la esposa todavia puede tomarse 6 meses de descanso, el esposo aun puede cuidar a su esposa y la pareja tiene derecho al regimen de maternidad como de costumbre.
Antes de 1.7.2025, segun la Clausula 3, el articulo 34 de la Ley de Seguro Social 2014, en caso de parto, si el niño tiene menos de 2 meses de muerte, la madre tiene derecho a una licencia de 4 meses desde la fecha de nacimiento; Si el niño tiene mas de 2 meses de muerte, la madre tiene derecho a una licencia de 2 meses desde la fecha del niño que muere, pero el tiempo para dejar los beneficios de maternidad no excede los 6 meses.