De conformidad con el articulo 15 de la ley de 2016 sobre subasta de propiedad (enmendada por la clausula 10, articulo 1 de la ley sobre subasta de propiedad, modificada 2024), estipulando casos en los que no se otorga el certificado de practica de subastas:
1. No calificado como prescrito en el articulo 10 de esta ley.
2. Ser oficial, soldado profesional, trabajadores y oficiales de defensa en agencias y unidades del Ejercito Popular; Oficiales, oficiales no comisionados, oficiales, oficiales no comisionados de experiencia tecnica en agencias y unidades de la Policia Popular; Los cuadros, los funcionarios publicos y los empleados publicos, a excepcion de los casos en que los funcionarios publicos y los empleados publicos se proponen que emita el certificado de practica de subastas para trabajar para el Centro de Servicio de Subasta de la Propiedad.
3. Hay dificultades en conciencia y comportamiento.
4. Ser examinado por responsabilidad penal; sentenciado y sentenciado a efecto legal; han sido condenados pero no han sido condenados a antecedentes penales; han sido condenados por violar las regulaciones sobre actividades de subastas de propiedad, apropiacion fraudulenta de la propiedad y delitos de corrupcion, incluidos casos que han sido condenados a antecedentes penales.
5. Al ser aplicado, las medidas de manejo administrativo se incluiran en establecimientos obligatorios de desintoxicacion, instituciones educativas obligatorias de acuerdo con la ley sobre el manejo de violaciones administrativas.
Por lo tanto, los cuadros, funcionarios publicos y empleados publicos a quienes no se les otorga el certificado de practica de subastas, excepto los funcionarios y empleados publicos que se les propone otorgar certificado de practica de subastas para trabajar para el Centro de Servicio de Subasta de Propiedad.