El Gobierno acaba de emitir el Decreto No. 360/2026/ND-CP que regula las condiciones de inversión y operación de las instituciones de educación preescolar, las instituciones de educación general, las instituciones de educación continua y otras instituciones educativas pertenecientes al sistema educativo nacional, vigente a partir del 17 de septiembre.
El Decreto que regula las condiciones para el establecimiento o la autorización del establecimiento de guarderías incluye:
De acuerdo con la estrategia, la planificación y los requisitos de desarrollo socioeconómico de la localidad donde se encuentra la sede de la escuela.
Tener una ubicación prevista para la construcción de la escuela que se ajuste a la planificación local o que esté autorizada por la autoridad competente para utilizar terrenos residenciales, terrenos para la construcción de sedes de agencias, obras de servicio público que no sean obras de educación y formación, terrenos de producción y negocios no agrícolas para su uso con fines de educación y formación, y al mismo tiempo, cumplir con los estándares de ubicación, escala y área para las guarderías de acuerdo con las regulaciones del Ministerio de Educación y Formación.
Para las áreas urbanas de las ciudades de tipo especial, la superficie construida se calcula como equivalente a la superficie del terreno, pero no inferior a la superficie terrestre promedio mínima para un niño según las regulaciones del Ministerio de Educación y Formación.
Según el Decreto, para obtener una licencia para actividades educativas para una guardería, se deben cumplir las siguientes condiciones:
Primero, tener instalaciones mínimas, utensilios, juguetes, materiales de aprendizaje, equipos de enseñanza que cumplan con las regulaciones del Ministerio de Educación y Formación.
Para las guarderías privadas y semi-públicas (incluidas las guarderías propuestas por misiones diplomáticas extranjeras y organizaciones internacionales intergubernamentales), debe haber una hoja de ruta para garantizar que las instalaciones mínimas cumplan con las regulaciones del Ministerio de Educación y Formación de acuerdo con la escala máxima prevista de la escuela.
Segundo, tener un equipo de funcionarios de gestión de instituciones educativas, maestros, personal de apoyo educativo y trabajadores que garanticen suficiente cantidad, cumpliendo con los requisitos del puesto de trabajo para organizar actividades de crianza, cuidado y educación infantil que cumplan con los requisitos del programa de educación preescolar.
Tercero, tener recursos financieros para garantizar el mantenimiento y desarrollo de las actividades educativas, incluyendo:
Para las guarderías privadas, el nivel de inversión es de al menos 30 millones de VND/niño (sin incluir los costos de uso de la tierra). El capital de inversión total mínimo se calcula en función del momento en que la escala prevista es la más alta de la escuela. El plan de capital de inversión debe ser consistente con la escala prevista de cada etapa.
En el caso de que las guarderías privadas no construyan nuevas instalaciones, sino que solo las alquilen o utilicen las instalaciones existentes para implementar las operaciones, el nivel de inversión debe alcanzar al menos el 70% del nivel de inversión regulado.
Para las guarderías públicas y semi-públicas, los recursos financieros son garantizados por la agencia de gestión competente o la comunidad residencial de base para organizar actividades de crianza, cuidado y educación de niños que cumplan con los requisitos del programa de educación preescolar de acuerdo con las regulaciones.