La Resolución No. 37/2026/NQ-CP especifica el régimen de reserva de subsidios de cargo para directores, directores, subdirectores, subdirectores después de la fusión de instituciones educativas.
En consecuencia, después de la reorganización, el número de directores, directores, subdirectores y subdirectores restantes después de la reorganización, si desean renunciar, implementará la resolución de la política de reducción de personal de acuerdo con el Decreto No. 154/2025/ND-CP del Gobierno sobre la reducción de personal.
Los directores pueden jubilarse anticipadamente
El Decreto No. 154/2025/ND-CP regula 4 grupos de jubilación anticipada que están sujetos a la reducción de personal, que incluyen:
1. Personas con una edad de 2 años o más hasta 5 años hasta la edad de jubilación según lo dispuesto en el Decreto No. 135/2020/ND-CP y que tengan suficiente tiempo de trabajo con cotización obligatoria al seguro social para recibir una pensión. Este grupo tiene 15 años o más de ejercicio de profesiones o trabajos pesados, tóxicos, peligrosos o especialmente pesados, tóxicos, peligrosos que figuren en la lista regulada o tiene 15 años o más de ejercicio de trabajo en zonas con condiciones socioeconómicas especialmente difíciles, incluido el tiempo de trabajo en lugares con subsidios regionales con un coeficiente de 0,7 o más antes del 1 de enero de 2021.
Además de disfrutar del régimen de pensión de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre seguridad social, el grupo anterior también disfruta de 3 regímenes que incluyen: no se deduce la tasa de pensión debido a la jubilación anticipada; recibir una asignación de 5 meses de salario actual por cada año de jubilación anticipada.
En cuanto a las prestaciones por tiempo de servicio con seguro social obligatorio, las personas con 20 años de servicio con seguro social obligatorio o más reciben una asignación de 5 meses de salario actual; para los años restantes (a partir del año 21 en adelante), cada año recibe una asignación equivalente a 0,5 meses de salario actual. Las personas con 15 años o menos de servicio con seguro social obligatorio reciben una asignación de 5 meses de salario actual.
2. Personas cuya edad restante es de 2 a 5 años hasta la edad de jubilación y que tienen suficiente tiempo de trabajo con cotización obligatoria al seguro social para recibir una pensión.
Además de disfrutar del régimen de pensión de acuerdo con las regulaciones, los directores y subdirectores que reduzcan la plantilla con la edad anterior tampoco se les deduce la tasa de pensión por jubilación anticipada; reciben una asignación de 5 meses de salario actual por cada año de jubilación anticipada en comparación con la edad de jubilación.
En cuanto a las prestaciones por tiempo de servicio con seguro social obligatorio, las personas con 20 años de servicio con seguro social obligatorio o más reciben una asignación de 5 meses de salario actual; para los años restantes (a partir del año 21 en adelante), cada año recibe una asignación equivalente a 0,5 meses de salario actual. Para las personas con 15 años o menos de servicio con seguro social obligatorio, reciben una asignación de 5 meses de salario actual.
3. Los sujetos que tengan menos de 2 años hasta la edad de jubilación y tengan suficiente tiempo de trabajo con cotización obligatoria al seguro social para recibir una pensión. Este grupo tiene suficientes 15 años de ocupación, trabajo pesado, peligroso, peligroso o especialmente pesado, peligroso, peligroso en la lista regulada o tiene suficientes 15 años de trabajo en áreas con condiciones socioeconómicas particularmente difíciles, incluido el tiempo de trabajo en lugares con subsidios regionales con un coeficiente de 0,7 o superior antes del 1 de enero de 2021, tienen derecho al régimen de pensión de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre seguro social y no se les deduce la tasa de pensión debido a la jubilación anticipada.
4. Los sujetos que tengan menos de 2 años hasta la edad de jubilación y tengan suficiente tiempo de trabajo con cotización obligatoria al seguro social para recibir una pensión de acuerdo con las regulaciones, tienen derecho al régimen de pensión y no se les deduce la tasa de pensión debido a la jubilación anticipada.
Política de despido
El Decreto No. 154/2025/ND-CP también regula el régimen de despido. Específicamente, los beneficiarios recibirán una asignación de 3 meses de salario para encontrar trabajo; Asignación de 1,5 meses de salario actual por cada año de trabajo con seguro social obligatorio.
Además, este grupo también conserva el tiempo de cotización obligatoria al seguro social o disfruta del seguro social de una sola vez de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre seguro social.
El Decreto también regula el régimen de formación profesional para casos específicos. Además, también relacionado con la política de formación profesional, este grupo también recibe una asignación de 0,5 meses de salario actual por cada año de trabajo con seguro social. Durante el tiempo de formación profesional, se les cuenta el tiempo de trabajo continuo, pero no se les cuenta la antigüedad para aumentar el salario regularmente cada año.