La estudiante L.T. D (Ciudad Ho Chi Minh) pregunta, según el Decreto No. 238/2025/ND-CP, durante el proceso de estudio, si los estudiantes solo vuelven a estudiar 1 vez, no estarán exentos o reducirán las tasas de matrícula, ¿es correcto o se calcula desde el momento en que el Decreto No. 238/2025/ND-CP entra en vigor?
Sobre este tema, el Ministerio de Educación y Formación dijo que la Cláusula 8, Artículo 19 del Decreto No. 238/2025/ND-CP estipula: "No se aplica el régimen de exención, reducción, apoyo a las tasas de matrícula y apoyo a los gastos de estudio durante el tiempo en que el estudiante es disciplinado para suspender la escuela o obligado a abandonar la escuela, reservar, estudiar en un curso, volver a estudiar, estudiar adicionalmente.

En caso de que el estudiante tenga que suspender la escuela; volver a estudiar, suspender, repetir curso (no más de una vez) debido a enfermedad, accidente o suspender la escuela por fuerza mayor no por disciplina o autoabandono, el jefe de la institución educativa considerará permitir que continúe estudiando de acuerdo con las regulaciones y continúe disfrutando de las políticas de apoyo estipuladas en este Decreto".
Por lo tanto, en el caso de que los estudiantes vuelvan a estudiar sin una razón de fuerza mayor, no se les concederá el régimen de exención o reducción de tasas de matrícula de acuerdo con las regulaciones del Decreto No. 238/2025/ND-CP.
En caso de tener que volver a estudiar por razones de fuerza mayor (debido a enfermedad, accidente...), el jefe de la institución educativa considerará disfrutar de la política de apoyo para eximir y reducir las tasas de matrícula de acuerdo con las regulaciones del Decreto No. 238/2025/ND-CR.