Las instituciones educativas organizan de manera oportuna y completa las reuniones de padres de alumnos de cada clase durante el año escolar de acuerdo con las regulaciones vigentes. En las reuniones, se debe garantizar la información completa, el intercambio bidireccional, dedicar tiempo adecuado para que los padres de alumnos hablen y aporten opiniones, no organizarse en forma impositiva y unidireccional.
El contenido de la reunión debe garantizar ser práctico, público, transparente y apropiado para cada momento. En particular, la reunión de principios de año escolar, además del contenido según las regulaciones, debe garantizar que haya contenidos para difundir y comprender a fondo los documentos que regulan las clases particulares; organización de internados, seguridad alimentaria; tarifas de acuerdo con las regulaciones.
La recaudación y el gasto de fondos operativos (parte de apoyo voluntario) del Comité de Representantes de Padres de Alumnos se llevan a cabo de acuerdo con el principio de voluntariedad, sin coerción, sin movilización de carácter impositivo; sin estipular el nivel de financiación de apoyo promedio o el nivel mínimo de apoyo para los padres de alumnos; sin vincular el apoyo con los resultados de la evaluación, clasificación, recompensa, disciplina de los alumnos; sin aprovechar las reuniones, el nombre del Comité de Representantes de Padres de Alumnos para movilizar y recaudar partidas que no sirven directamente a las actividades del Comité de Representantes, partidas bajo la responsabilidad de gasto de la escuela, el presupuesto estatal o fuera de las regulaciones.
La reunión de padres de alumnos no decide ni genera contribuciones ni obligaciones financieras para los padres de alumnos bajo ninguna forma. Las actas de la reunión de padres de alumnos deben reflejar plenamente el contenido y el progreso de la reunión, especialmente las opiniones de los padres de alumnos; la recepción, el uso y la divulgación de las ayudas voluntarias realizadas de acuerdo con las regulaciones deben expresarse claramente en las actas como base para la divulgación y la explicación cuando sea necesario.