El candidato P.Đ. Đ preguntó: ¿En qué casos se conservan los resultados de admisión?
El Ministerio de Educación y Formación responde a esta pregunta de la siguiente manera:
El apartado 1 del artículo 10 del Reglamento de admisión para las especialidades de formación de nivel universitario y la especialidad de Educación Infantil de nivel universitario en la Circular No. 06/2026/TT-BGDĐT de fecha 15 de febrero de 2026 del Ministro de Educación y Formación estipula los casos en los que se conservan los resultados de admisión de la siguiente manera:

Artículo 10. Conservar los resultados de la admisión
1. Los candidatos que hayan obtenido un aviso de admisión pueden conservar sus resultados de admisión en los siguientes casos:
a) Ir a servir en el servicio militar, la policía popular o ir a ser voluntario juvenil concentrado inmediatamente en el año de admisión de acuerdo con la decisión o orden de la autoridad competente;
b) Haber estado gravemente enfermo o haber sufrido un accidente grave y no poder ingresar a la escuela a tiempo, tener un expediente médico y la confirmación de un hospital de nivel básico o superior".
Por lo tanto, la preservación de los resultados de admisión se llevará a cabo de acuerdo con condiciones específicas (generalmente relacionadas con el servicio militar, desastres naturales, epidemias o fuerza mayor) para garantizar los derechos legítimos de los candidatos.
Con respecto al plazo de reserva, los puntos 2 y 3 del Artículo 10 del Reglamento de Admisión estipulan:
2. Los candidatos que estén sujetos a las regulaciones del párrafo 1 envían una solicitud de reserva junto con documentos probatorios a la institución de formación para llamar a la inscripción. El tiempo máximo para reservar los resultados es regulado por la institución de formación, pero no excede los 36 meses para las personas especificadas en el párrafo 1 de este Artículo.
3. Inmediatamente después de cumplir con las condiciones para regresar a la escuela, la persona cuyos resultados de admisión se conservan debe realizar los trámites de inscripción de acuerdo con las regulaciones de la institución de formación, en los que debe proporcionar pruebas de haber completado la tarea o haber sido tratada para recuperarse. Para los casos especificados en el punto a del párrafo 1 de este Artículo con un período de retención de 36 meses, el director de la institución de formación considera la posibilidad de presentarla a las escuelas y clases preparatorias universitarias para repasar antes de ingresar oficialmente a la escuela".