El Sr. B.T. H es actualmente un trabajador de la empresa y un estudiante que estudia Ingeniería Eléctrica Industrial en una universidad vocacional. Según el Decreto No. 238/2025/ND-CP, recibe una reducción del 70% en las tasas de matrícula.

Sin embargo, la escuela instruyó al Sr. T.H a pagar el 100% de la matrícula de depósito por adelantado a la escuela, después de que termine un año escolar, con una hoja de calificaciones, la escuela enviará su expediente de estudiante a la localidad donde reside para recibir el 70% de la matrícula exenta o reducida.
La forma de recibir la reducción de la matrícula se repetirá anualmente hasta que el Sr. Ha se gradúe. Si durante el proceso de estudio, el Sr. Ha abandona la escuela, se considera que perderá por completo el 100% de la matrícula depositada a la escuela.
El Sr. T.H preguntó, ¿todas las universidades y colegios están aplicando esto? ¿Desde cuándo entró en vigor el Decreto No. 238/2025/ND-CP, porque comenzó a estudiar a partir de octubre de 2025, la escuela le informó que tenía que pagar completamente la matrícula de 2025? Después del 1 de enero de 2026, comenzará a aplicarse la exención del 70% de la matrícula.
El Ministerio de Educación y Formación responde a esta pregunta de la siguiente manera:
El Decreto No. 238/2025/ND-CP de fecha 3 de septiembre de 2025 del Gobierno que regula las políticas sobre tasas de matrícula, exenciones, reducciones, apoyo a las tasas de matrícula, apoyo a los costos de estudio y precios de los servicios en el campo de la educación y la formación, entró en vigor el 3 de septiembre de 2025 y se aplica a partir del año escolar 2025-2026.
El apartado 11 del artículo 19 del Decreto No. 238/2025/ND-CP establece:
En el caso de que los padres (o tutores) de niños de preescolar, estudiantes de secundaria, estudiantes que estudian en instituciones de educación continua según el programa de educación general, estudiantes que estudian en instituciones de educación vocacional, educación superior hayan presentado expedientes de acuerdo con las regulaciones de este Decreto y no hayan recibido dinero para compensar, eximir, reducir, apoyar las tasas de matrícula y apoyar los gastos de estudio de acuerdo con el plazo estipulado, se les concederá retroactivamente o se les reducirá en el próximo pago".
Por lo tanto, en el caso del Sr. B.T. H, si está sujeto a una reducción del 70% en las tasas de matrícula, se calcula a partir del tiempo real de inicio de la matrícula y se aplica a partir del año escolar 2025-2026 en adelante. En el caso del Sr. T.H, si no ha recibido la reducción de las tasas de matrícula, se recuperará en los próximos pagos.
El punto a, párrafo 2, Artículo 21 del Decreto No. 238/2025/ND-CP estipula: "El Comité Popular de la comuna, barrio, zona económica especial a nivel provincial donde el estudiante se registra para la residencia permanente es responsable de pagar y liquidar los gastos de exención y reducción de tasas de matrícula directamente para el padre o la madre (o tutor) o los estudiantes que estudian en instituciones de educación vocacional (excepto los estudiantes del programa de educación general aplicado en el párrafo 1, Artículo 21 de este Decreto) y las instituciones de educación superior".
Por lo tanto, en el caso del Sr. T.H que estudia en una institución educativa no pública, si está sujeto a una reducción del 70% en las tasas de matrícula, el Comité Popular de la comuna o barrio donde reside es responsable de considerar y pagar los gastos de exención y reducción de las tasas de matrícula directamente al Sr..
El Decreto No. 238/2025/ND-CP no estipula que los estudiantes tengan que pagar un depósito para la matrícula como mencionó el Sr. Ha.