El Ministerio de Industria y Comercio está redactando una Resolución del Gobierno que promulga regulaciones sobre la aceleración de la implementación de la hoja de ruta para el uso de gasolina biológica E10.
Una de las propuestas notables es la regulación sobre el precio de la gasolina biológica E10 a partir del 1,6.
Explicando la propuesta de esta regulación, el Departamento de Innovación, Transformación Verde y Promoción Industrial, Ministerio de Industria y Comercio, dijo:
El producto E10 actualmente en el mercado solo lo venden Petrolimex y PVOIL, no es común en el mercado. Según las regulaciones actuales, las empresas están calculando los precios de venta de acuerdo con los costos comerciales de las empresas, el Estado aún no ha anunciado los precios de venta de E10.
A partir del 1 de junio de 2026, de acuerdo con las regulaciones de la Circular 50/2025/TT-BCT, ya no habrá gasolina mineral en el mercado, solo gasolina E5RON92 y E10.
Actualmente, el artículo E5RON92 tiene un precio base anunciado por el Estado para que las empresas lo implementen. El artículo E10 no se comercializa comúnmente, por lo que el Estado no tiene una base de datos para calcular y anunciar el precio base.
Para poner el producto E10 en circulación a partir del 1 de junio de 2026 y anunciar a tiempo el precio base para que las empresas lo implementen en el contexto de la transición, se necesitan regulaciones específicas.
Cuando la gasolina biológica se consuma ampliamente en el mercado, las agencias de gestión identificarán los bienes de consumo comunes y tendrán suficientes bases de datos para determinar los factores que componen el precio base.
Inicialmente, el producto E10RON95-III se identifica para implementar la publicación del precio base. Después de 3 meses de implementación, cuando se identifique el producto de biocombustible de consumo común, el Ministerio de Industria y Comercio anunciará el precio base de ese producto.
Según las regulaciones, antes del 1 de septiembre de 2026, el Ministerio de Industria y Comercio publicará el producto de consumo más común perteneciente al grupo de biocombustibles para llevar a cabo la publicación del precio base.
El punto 2, párrafo 12, Artículo 1 del Decreto No. 80/2023/ND-CP de fecha 17 de noviembre de 2023 del Gobierno regula la fórmula para calcular el precio base de la gasolina biológica; al mismo tiempo, estipula que los comerciantes de gasolina y petróleo revisen y ajusten los factores que forman el precio base de los productos de gasolina y petróleo y el precio del etanol comprado en el país, el etanol importado, la producción de etanol comprado en el país e importado periódicamente para enviar al Ministerio de Finanzas, al Ministerio de Industria y Comercio para que calculen y anuncien el precio base.
Según el Ministerio de Industria y Comercio, el cálculo de los factores que forman el precio base se lleva a cabo para los bienes que ya se han consumido en el mercado, debe haber suficientes datos que constituyan el precio y suficiente tiempo comercial para calcular los bienes. Estos datos son informados por los comerciantes de gasolina y petróleo y enviados a los ministerios para su cálculo.
En el contexto de la transición, no hay suficientes bases para calcular los factores que forman el precio, es necesario tener un mecanismo especial para implementar. Por lo tanto, el Ministerio de Industria y Comercio propone que el Gobierno permita temporalmente:
Con respecto a la fórmula del precio base de la gasolina E10, se permite determinar de acuerdo con las regulaciones en el punto 2, párrafo 12, Artículo 1 del Decreto No. 80/2023/ND-CP.
Con respecto a la determinación de los factores que componen el precio base para calcular el precio de E10 de acuerdo con las regulaciones en los decretos sobre negocios de gasolina y petróleo y las circulares de orientación, actualmente la gasolina E10 no se utiliza ampliamente, por lo que no hay base para determinar los costos reales.
Por lo tanto, el Ministerio de Industria y Comercio propone que el Gobierno permita temporalmente determinar:
El precio de la gasolina mineral para la mezcla se toma temporalmente del precio de la gasolina RON95 negociada en el mercado internacional.
El costo de llevar gasolina del extranjero a los puertos vietnamitas; la prima para calcular el precio de la gasolina de fuentes de producción nacionales; el costo de llevar gasolina de refinerías nacionales a los puertos se aplica de acuerdo con el costo que forma el precio base de la gasolina RON95.
El beneficio estándar y los costos comerciales estándar se aplican de acuerdo con el nivel de costos para formar el precio base del producto E5RON92.
El Ministerio de Finanzas preside, en coordinación con el Ministerio de Industria y Comercio, para determinar y notificar por escrito para que el Ministerio de Industria y Comercio calcule el precio base de acuerdo con las regulaciones vigentes.
Cuando haya todos los factores de costo para las operaciones comerciales de gasolina biológica E10 de acuerdo con las regulaciones, el Ministerio de Finanzas preside la coordinación con el Ministerio de Industria y Comercio para sintetizar, determinar e informar al Ministerio de Industria y Comercio para calcular el precio base.
Para los comerciantes de gasolina y petróleo, es responsabilidad informar de manera completa, oportuna, veraz y precisa de acuerdo con los requisitos del Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Industria y Comercio los datos que sirven para determinar los elementos constitutivos en la fórmula del precio base de la gasolina y el petróleo para el producto E10.
Las cifras incluyen combustible de etanol, tasas de mezcla, costos de recepción, transporte, almacenamiento, pérdidas y otros costos razonables y válidos.
Las empresas son responsables ante la ley del contenido de los informes para que el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Industria y Comercio resuman, calculen y determinen los costos operativos reales de E10.