La oficina legal de consultoria legal respondio:
El articulo 6 del decreto 172/2025/ND-CP estipula la disciplina de los funcionarios y los empleados publicos (efectivo desde el 1 de julio de 2025) estipulando los siguientes actos disciplinarios:
1. Cuadros y funcionarios que cometen violaciones de las regulaciones del partido relacionadas con actividades de servicio publico; regulaciones sobre obligaciones de cuadros y funcionarios; cosas que los cuadros y los funcionarios publicos no deben hacer; Violar la etica oficial, la cultura de la comunicacion en el trabajo, comunicarse con la gente; Violar las reglas y regulaciones internas de agencias, organizaciones y unidades.
2. El grado de violacion se determina de la siguiente manera:
a) La violacion que causa consecuencias menos graves es una violacion de la naturaleza, el nivel de daño no es grande, el impacto dentro del alcance interno, que afecta la reputacion de agencias, organizaciones y unidades de trabajo;
b) La violacion de consecuencias graves es una violacion de la naturaleza, extension, gran daño e impacto fuera del alcance interno, causando mala opinion publica entre funcionarios, funcionarios y personas, reduciendo la reputacion de agencias, organizaciones y unidades de trabajo;
c) La violacion de consecuencias muy graves es una violacion de la naturaleza, el alcance, el gran daño, el alcance de afectar a toda la sociedad, causando una opinion publica muy apremiante entre funcionarios, servidores publicos y personas, desacreditar la agencia, la organizacion o la unidad de trabajo.
Asi, a partir del 1 de julio de 2025, los funcionarios que violaron los actos anteriores fueron disciplinados.
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