La Oficina de Asesoramiento Juridico del periodico Lao Dong responde:
El apartado 1 del articulo 5 del Decreto 343/2025/ND-CP que regula el regimen de convalecencia y atencion cuando se padece una enfermedad grave, el regimen de informacion y apoyo funerario al fallecer para los oficiales militares jubilados (vigente a partir del 1 de enero de 2026), regula el regimen de atencion cuando se padece una enfermedad grave de la siguiente manera:
1. Los oficiales militares jubilados que contraigan una de las enfermedades de la Lista de enfermedades peligrosas segun lo dispuesto por el Ministro de Salud seran examinados para la evaluacion de enfermedades peligrosas, si el Consejo de Evaluacion Medica competente de acuerdo con las regulaciones del Ministerio de Defensa concluye que padecen enfermedades peligrosas, disfrutaran de los siguientes regimenes y politicas:
a) Cada trimestre se recibe apoyo equivalente a 02 veces el salario base. El momento del disfrute se calcula a partir del trimestre en que el Consejo de Evaluacion Medica concluye que padece una enfermedad grave;
b) Al recibir tratamiento hospitalario en centros de examen y tratamiento medico dentro y fuera del Ejercito, se garantiza una diferencia en el dinero de las comidas medicas en comparacion con el dinero de las comidas basicas de infanteria de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre estandares materiales de logistica para los militares en servicio activo. En el caso de tratamiento hospitalario en centros de examen y tratamiento medico dentro del Ejercito pagado por el centro de examen y tratamiento medico; en el caso de tratamiento hospitalario en centros de examen y tratamiento medico fuera del Ejercito pagado directamente por el Comando de la Capital de Hanoi o el Comando Militar Provincial donde residen regularmente los oficiales militares jubilados segun el numero de dias de tratamiento real confirmado en el certificado de alta;
c) En el caso de que esten disfrutando de los regimenes y politicas estipulados en los puntos a y b de esta clausula para establecerse en el extranjero o hayan fallecido o hayan violado la disciplina y la ley y hayan sido procesados, si se encuentran en uno de los casos estipulados en el apartado 2 del articulo 3 de este Decreto, no se les permite disfrutar de las politicas estipuladas en este apartado a partir del trimestre siguiente del trimestre para establecerse en el extranjero o haber fallecido o haber violado la disciplina y la ley y haber sido procesados.
Por lo tanto, a partir de 2026, los oficiales militares jubilados que padecen enfermedades graves recibiran el regimen de atencion anterior.
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