Según el Artículo 4 del Decreto No. 350/2026/ND-CP, que estipula el régimen de subsidios preferenciales profesionales para el personal médico, el nivel de subsidio del 80% se aplica a los funcionarios que trabajan en especialidades médicas asignados regularmente, realizando directamente algunas tareas específicas. Estos son puestos que requieren alta especialización, están en contacto frecuente con pacientes graves, riesgo de infección o soportan una gran presión en el proceso de atención y tratamiento.
Específicamente, el primer grupo incluye funcionarios que realizan profesionalismo médico regularmente, realizando directamente el trabajo de examen, tratamiento, pruebas y atención a pacientes mentales.
Para el campo de la medicina forense y la psiquiatría forense, los funcionarios que realizan directamente la especialización también están sujetos a este nivel de subsidio. Estos son trabajos de naturaleza específica, que requieren que los profesionales entren en contacto regularmente con casos especiales, y al mismo tiempo soportan una alta presión profesional y responsabilidad profesional.
El nivel de subsidio del 80% también se aplica a los funcionarios que realizan directamente el trabajo de reanimación de emergencia. Este alcance incluye actividades de emergencia, reanimación intensiva y antiveneno. Este es un grupo de trabajo de naturaleza urgente, que requiere que el personal médico maneje regularmente situaciones críticas que amenazan directamente la vida del paciente.
Además, los funcionarios que realizan directamente la especialización en anatomía patológica también pertenecen al grupo a los que se aplica un nivel de subsidio del 80%.
Un punto notable es que la política no solo se centra en trabajos médicos de naturaleza especial, sino que también se dirige al equipo que trabaja en áreas difíciles, áreas remotas, áreas fronterizas e islas.
En consecuencia, los funcionarios que trabajan en especialidades médicas en estaciones de salud a nivel comunal, instalaciones de medicina preventiva en áreas fronterizas e insulares se aplican un nivel de subsidio del 80%.
Este nivel de subsidio también está destinado a los funcionarios que trabajan en especialidades médicas en estaciones de salud a nivel comunal, instalaciones de medicina preventiva en las comunas de la zona II (comunas difíciles) y la zona III (comunas especialmente difíciles) pertenecientes a las zonas de minorías étnicas y montañosas de acuerdo con las regulaciones del Gobierno.