El Gobierno acaba de emitir el Decreto 168/2026/ND-CP que detalla algunos artículos y medidas para organizar la implementación de la Ley de Población, que estipula claramente el régimen y las políticas para los colaboradores de población en todo el país.
Según el decreto, a partir del 1 de julio de 2026, la remuneración mensual para los colaboradores de población se calculará según el nuevo salario base de 2,53 millones de VND/mes.
Específicamente, los colaboradores de población que trabajen en aldeas con 350 hogares o más; aldeas en circunstancias especialmente difíciles; aldeas y caseríos pertenecientes a comunas en áreas difíciles; grupos residenciales y barrios con 500 hogares o más recibirán una remuneración equivalente a 0,5 veces el salario base, equivalente a 1.265.000 VND/mes.
Para las áreas restantes, el nivel de beneficio es 0,4 veces el salario base, equivalente a 1,012.000 VND/mes.
De acuerdo con las regulaciones del Artículo 11 del decreto, los colaboradores de población son personas que realizan directamente el trabajo de población en aldeas, caseríos, caseríos, grupos residenciales, barrios... que cumplen con los estándares profesionales y realizan tareas de acuerdo con las directrices del Ministerio de Salud.
En particular, el Comité Popular Provincial se basará en las condiciones reales de cada localidad para decidir el número de colaboradores de población, y al mismo tiempo presentará al Consejo Popular del mismo nivel para que regule el nivel específico de remuneración. Sin embargo, el nivel de pago no debe ser inferior al marco mínimo estipulado por el Gobierno.
El Decreto también menciona los casos de personal médico de aldea, caserío u otros colaboradores que cumplan con el trabajo de población. Estos casos recibirán remuneración de acuerdo con el acuerdo en el contrato firmado entre las partes, pero el nivel de beneficio no excede el nivel de remuneración del colaborador de población a tiempo completo.
Otro punto notable son las regulaciones de transición sobre el régimen de remuneración. Según el Artículo 15 del Decreto 168/2026/ND-CP, si el nuevo nivel de remuneración es superior al nivel que se paga actualmente, los colaboradores de población seguirán recibiendo el nivel actual hasta finales de 2026. La diferencia que surja en el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2026 se pagará adicionalmente en 2027.
Los gastos de pago de honorarios a los colaboradores de población se garantizan con cargo al presupuesto local de acuerdo con las regulaciones del Artículo 12 del decreto.
La Ley de Población también enfatiza la prioridad de desarrollar recursos humanos para el trabajo de población, especialmente en las zonas de minorías étnicas, zonas montañosas, zonas costeras, zonas costeras e islas. Las personas que trabajan directamente en el trabajo de población recibirán formación y desarrollo profesional y disfrutarán de políticas preferenciales de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Además del régimen de remuneración, los colaboradores de población también participan en programas de capacitación y desarrollo profesional de acuerdo con las directrices del Ministerio de Salud para mejorar la calidad del trabajo de población en la base.