El Ministerio del Interior está recabando opiniones sobre el proyecto de Decreto que modifica y complementa algunos artículos del Decreto 172/2025/ND-CP del Gobierno que regula el tratamiento disciplinario de funcionarios y empleados públicos que se modifica y complementa en el Decreto No. 251/2025/ND-CP del Gobierno.
Propuesta para agregar casos que no han sido considerados para medidas disciplinarias:
Los casos que no se hayan considerado para el tratamiento disciplinario estipulados en la Resolución de la Asamblea Nacional sobre mecanismos y políticas especiales para manejar las violaciones de la ley de tierras de organizaciones e individuos que ocurrieron antes de que la Ley de Tierras de 2024 entrara en vigor y eliminaran las dificultades y obstáculos para los proyectos pendientes y prolongados.
Otros casos que no han sido considerados para medidas disciplinarias de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Adición de casos de exclusión disciplinaria; exención disciplinaria o reducción, aumento del nivel disciplinario:
Los funcionarios y empleados públicos que tengan actos infractores en uno de los siguientes casos serán excluidos de la responsabilidad disciplinaria:
Ser confirmado por la autoridad competente con el estado de incapacidad civil en el momento de cometer la infracción;
Ser confirmado por la autoridad competente por una infracción en una situación de emergencia, por fuerza mayor o obstáculos objetivos de acuerdo con las disposiciones del Código Civil y la ley sobre el estado de emergencia en el desempeño de funciones;
Otros casos excluidos de la responsabilidad disciplinaria de acuerdo con las disposiciones de la ley.
En el caso de que los funcionarios y empleados públicos tengan actos de violación hasta el punto de que se considere el tratamiento disciplinario, pero estén exentos de responsabilidad disciplinaria:
Implementar propuestas sobre investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación que hayan sido permitidas por las autoridades competentes y que hayan sido determinadas por las autoridades competentes como que han implementado correctamente la política, sin corrupción, sin negatividad, sin actos fraudulentos, violaciones intencionales de la ley, con motivos claros, por el bien común pero con daños ocurridos;
Se han implementado correctamente las regulaciones sobre autoridad, orden, procedimientos, sin beneficio personal en el proceso de desempeño de tareas, pero causando daños debido a causas objetivas;
Tener actos de violación hasta el punto de ser disciplinados pero haber fallecido; Los casos exentos de responsabilidad disciplinaria estipulados en la Resolución de la Asamblea Nacional sobre mecanismos y políticas especiales para manejar las violaciones de la ley de tierras de organizaciones e individuos que ocurrieron antes de que la Ley de Tierras de 2024 entrara en vigor y eliminara las dificultades y obstáculos para los proyectos pendientes y prolongados;
Otros casos exentos de responsabilidad disciplinaria según lo dispuesto por la ley.