La Sra. Nguyen Thi Lan (el nombre del personaje ha cambiado) es una maestra, no miembro del partido. En junio de 2023, Lan dio a luz a un tercer hijo. Debido a que su hijo tenia menos de 12 meses, durante la evaluacion de la emulacion del año escolar 2023-2024, la escuela pospuso el manejo disciplinario.
La escuela dijo que el periodo disciplinario puede durar hasta 2 años, por lo que la decision de esperar hasta la competencia al final del año escolar 2024 - 2025 considerara su disciplina sobre el comportamiento del tercer niño.
Sin embargo, durante la revision disciplinaria, el Comite de Inspeccion Central emitio la Orientacion No. 15/HD-UBKTTW (20 de marzo de 2025), que estipula que los casos que no han sido disciplinados ya no continuaran considerando (no para casos de casos manejados previamente).
"Aun asi, la escuela todavia reviso mi disciplina debido a dar a luz a un tercer hijo y tomo una decision el 24 de abril de 2025. No solo yo, el distrito tambien dirigio a disciplinar el caso de dar a luz al tercer hijo antes del 20 de marzo de 2025, solo exento de disciplina para los casos despues de ese tiempo. Por favor, aviseme, es tan disciplina de acuerdo con las regulaciones?" - La Sra. Lan se pregunto.
Con respecto a la reflexion y las recomendaciones de la Sra. Lan, el Ministerio del Interior ha respondido en el portal web.
El Ministerio del Interior dijo que la Clausula 4, Articulo 2 del Decreto No. 112/2020/ND-CP con fecha del 18 de septiembre de 2020 sobre cuadros de disciplina, funcionarios y empleados publicos (modificado en el Decreto No. 71/2023/ND-CP del 20 de septiembre de 2023) estipulando el principio de disciplinar.
En consecuencia, al revisar la disciplina, es necesario basarse en el contenido, el motor, la naturaleza, el nivel, las consecuencias, las causas de las violaciones y las circunstancias especificas; agravante y ligeras disminuciones; actitud de adquisicion y reparacion; superar defectos, violaciones y consecuencias; Otros casos prescritos por la parte y la ley se cuentan como una base para la consideracion disciplinaria o la responsabilidad mitigante.
De conformidad con el Articulo 65 y el Articulo 66 del Decreto No. 115/2020/ND-CP (enmendado y complementado en el Decreto No. 85/2023/ND-CP), el Ministerio del Interior propuso que ella contacto e intercambio con la Agencia de Gestion de Oficiales del trabajo donde se guio el trabajo.